Aterrizó un helicóptero en pleno partido de polo: lo habían sobreseído pero volverán a juzgarlo

Sobre el hecho, acontecido en 2019, la justicia ordenó que se revise la conducta del piloto, acusado de haber actuado con imprudencia al descender sin autorización en un evento con público.

Vista aérea del campo de polo del barrio “La Herradura”, situado al norte de Pinamar.

16 de Julio de 2025 17:44

Por Redacción 0223

PARA 0223

La sala I de la Cámara Federal de Casación Penal anuló el sobreseimiento de un hombre imputado por haber aterrizado un helicóptero en pleno desarrollo de una actividad deportiva en un barrio privado de Pinamar. El piloto está acusado de haber actuado con total desaprensión al descender sin autorización sobre una cancha de polo, mientras se disputaba un evento ecuestre con presencia de público, incluidos niños y familias. 

El hecho ocurrió el 12 de febrero de 2019 en el country “La Herradura”, donde un helicóptero blanco con la leyenda “Patagonia Flooring” descendió repentinamente en medio de la actividad. Según se determinó durante la investigación, el piloto –identificado como el responsable de la maniobra– transportaba a su hijo y a un amigo hacia un cumpleaños. El aterrizaje, según la acusación fiscal, se realizó de manera imprudente, sin tener en cuenta las normas de seguridad aeronáutica ni el contexto en el que se encontraba.

El fiscal general de Mar del Plata, Daniel Adler, impulsó el caso y cuestionó en su recurso que la Cámara Federal de Mar del Plata había evaluado erróneamente los hechos al considerar que solo estaba en juego la seguridad de la aeronave. Por el contrario, Adler sostuvo que la maniobra representó un peligro concreto para terceros, tanto en tierra como dentro del propio helicóptero, y puso en juego la seguridad común.

Un helicóptero tipo Robinson. (Foto Alan Barclay)

Los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Alejandro Slokar hicieron lugar al planteo fiscal y revocaron la decisión anterior. Ordenaron a la Cámara de Mar del Plata dictar un nuevo fallo que analice integralmente las posibles violaciones contempladas en el artículo 190 del Código Penal, que sanciona con prisión de 2 a 8 años a quien, “a sabiendas, ejecutare cualquier acto que ponga en peligro la seguridad de una aeronave” y prevé penas más graves si resultan afectados bienes o personas.

El juez Petrone advirtió que la resolución que sobreseyó al imputado no ofreció un análisis completo de los elementos del tipo penal y dejó sin considerar aspectos claves del caso, como la presencia de dos pasajeros no vinculados a la conducción de la aeronave. “La argumentación brindada en el fallo se redujo a la posible puesta en peligro de bienes o personas fuera de la aeronave, omitiendo ponderar la presencia de terceros en su interior”, indicó el magistrado.

Con esta decisión, la Cámara Federal de Mar del Plata deberá emitir un nuevo pronunciamiento que contemple todos los hechos del caso y evalúe si la conducta del piloto encuadra en el delito de peligro para la seguridad de aeronaves.