¿Cambios en la ciudadanía italiana?: la Justicia intervino y hay novedades tras la reforma de la ley
Fue tras el planteo de un bisnieto. El máximo tribunal de Italia se expidió y abre la posibilidad de que sienta una jurisprudencia.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Un reclamo a fines de junio por parte de un bisnieto, generó novedades tras la sanción de la controvertida Ley 74, impulsada por el gobierno de Giorgia Meloni: la Corte Constitucional de Italia emitió un fallo clave que es toda una buena noticia y abre un nuevo marco legal para los descendientes de italianos en Argentina y el resto de Latinoamérica.
La polémica Ley 74 eliminó la transmisión automática de la ciudadanía: solo los hijos y nietos de italianos nacidos en territorio italiano pueden realizar el trámite por vía administrativa, a través de los consulados. En el caso de los bisnietos, la posibilidad quedó directamente excluida, salvo que uno de sus padres haya residido al menos dos años consecutivos en Italia antes de su nacimiento.
La ley, que fue aprobada por el Parlamento con 137 votos a favor, 83 en contra y 2 abstenciones, tiene ahora un nuevo capítulo: en una sentencia reciente, la justicia determinó –tras evaluar un caso particular- que la Ley 91 de 1992, que reconocía el derecho de sangre sin límite generacional, no era inconstitucional y esta decisión tiene efectos inmediatos en otros casos similares. A pesar de esto, la decisión de la Corte Constitucional no invalida la Ley 74 de Meloni.
Esta nueva resolución desestimó las objeciones presentadas por los tribunales de Bolonia, Roma, Milán y Florencia, que cuestionaban la validez del vínculo de descendencia como base suficiente para obtener la ciudadanía. Según el Tribunal Constitucional, el legislador tiene un “margen de discreción particularmente amplio” para definir los requisitos necesarios para la adquisición de la ciudadanía italiana. En ese sentido, el fallo subraya que los jueces solo pueden intervenir si se vulneran principios constitucionales, lo cual no se habría demostrado en este caso.
Según describe el sitio Infobae, el abogado Mateo Schettino, al frente de la cuenta especializada “ciudadaniasitalianas.ms”, señaló que “la Corte Constitucional tenía que expedirse sobre el límite generacional de la transmisión de la ciudadanía”, y precisó que “lo que dice la Corte es que la ley anterior estaba bien, que era sin límite generacional”.
En sintonía a este fallo, a finales de junio, un juez de Torino aceptó avanzar con un recurso que considera inconstitucional el nuevo régimen, dando inicio al proceso para que la Corte se pronuncie formalmente sobre el conjunto de la norma. Entre los cuestionamientos que se plantearon se encuentran la aplicación retroactiva, la discriminación por lugar de nacimiento y un procedimiento legislativo acelerado, calificado por los especialistas como inapropiado para una cuestión de esta relevancia civil.
Leé también
Temas
Lo más
leído