Salidas transitorias y régimen abierto para detenido cuya pena vence en menos de un año

Lo dispuso la Cámara de Apelación y Garantías. L.M.V.M. fue condenado en febrero de 2024 por robo agravado por el uso de arma de fuego no secuestrada.

Se decidió en Tribunales.

15 de Octubre de 2026 08:04

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Justicia revocó una resolución del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 y definió la incorporación de un hombre condenado por robo a salidas transitorias y régimen abierto de detención ya que en febrero del próximo año puede acceder a su libertad asistida.

L.M.V.M. fue condenado el 7 de febrero de.2024 por el Tribunal Oral Criminal N° 2 a la pena de tres años y ocho meses de presión más declaración de reincidencia en orden al delito de robo agravado por el uso de arma de fuego no secuestrada: el agotamiento de la pena impuesta opera el 6 de agosto de 2027, y, consecuentemente, reunirá el recaudo temporal para la libertad asistida el 6 de febrero del año próximo.

Lo resolvió la Sala II.

Los miembros de la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías explicaron que los informes del Servicio Penitenciario dan cuenta de que el condenado presenta un buen desempeño institucional, registra conducta ejemplar diez, concepto bueno; buen trato con el personal penitenciario y los internos y no fue sancionado durante su detención.

Por otra parte, se encuentra cursando el segundo año de la Escuela Secundaria, trabaja en el sector de quintas del programa Liberté y está a la espera de cupo para continuar con un tratamiento psicológico, iniciado durante su estadía en la Unidad Penal 44.

Aún sigue alojado en el complejo penitenciario de Batán.

Los Jueces Marcelo Madina, Juan Pablo Lódola y Adrián Angulo tuvieron en cuenta que se ofreció como domicilio para el cumplimiento de la medida donde reside el grupo familiar del causante, compuesto por su padre, hermanos y sobrina, quienes prestan su conformidad para recibirlo y acompañarlo en este proceso reinsertivo.

“Por lo tanto, encontrándose próxima la pauta temporal para el acceso a la libertad asistida previo al vencimiento de la pena, resulta conveniente propiciar una disminución de los controles que pesan sobre el encartado a fin de asegurar un regreso paulatino al medio libre”, indicaron en la resolución que firmaron las últimas horas.

Ingresará a un régimen semiabierto.

La Sala concedió un régimen de egresos transitorios en razón de una salida mensual de ocho horas de duración en la vivienda propuesta y se dispone acompañar ese tratamiento con el alojamiento del penado en el régimen abierto que funciona en la Unidad Penal 15 de Batán.

De esta manera revocaron la resolución dictada por el Juez de Ejecución Ricardo Perdichizzi y concedieron salidas transitorias a L.M.V.M. un egreso mensual de ocho horas de duración, sin contemplar el tiempo de los traslados, bajo las obligaciones que el Juez estime pertinentes.

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