Tropezó en la vereda de un restaurante, exigió una fortuna y la Justicia la condenó
La mujer sufrió diversas lesiones a raíz de la fuerte caída.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Un contundente fallo emitido por la Justicia de Mar del Plata sienta un importante antecedente sobre la responsabilidad en la vía pública. El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 5 de la ciudad resolvió rechazar por completo la demanda por daños y perjuicios presentada por una mujer de 67 años contra un reconocido restaurante. La demandante exigía una compensación económica de $19.051.502 tras sostener que había sufrido una aparatosa caída en la vereda del local gastronómico a causa del mal estado de las baldosas.
Cómo fue el caso en el que la Justicia no aprobó la indemnización
El episodio investigado ocurrió la tarde del 28 de diciembre de 2023, cuando la mujer transitaba frente al establecimiento ubicado en la zona comercial marplatense. En su presentación judicial, afirmó haber tropezado con un desnivel pronunciado en el piso, lo que le provocó lesiones en piezas dentales, la fisura de dos costillas, la rotura de sus anteojos y quince días de reposo. Por estos motivos, la acción legal incluyó reclamos por incapacidad sobreviniente, gastos médicos, reposición de pertenencias y una abultada cifra por daño moral.
Sin embargo, tras analizar el material probatorio reunido en la causa, el magistrado determinó que no existían elementos suficientes para acreditar la relación directa entre el estado de la vereda y las heridas informadas. El fallo remarcó que, en los casos de estructuras fijas, la persona que demanda tiene la carga legal de demostrar de forma concreta cuál era el defecto de la calzada, cómo se produjo el contacto y por qué dicha irregularidad provocó el tropiezo.
Durante el proceso, el único testigo presentado por la demandante admitió haber visto a la mujer en el piso, pero reconoció ante el tribunal que no presenció el instante preciso del accidente ni pudo confirmar que el hecho se hubiera desencadenado por una baldosa floja. Asimismo, la sentencia desestimó una serie de fotografías aportadas por la querella al considerar que solo exhibían un desnivel mínimo sin referencias claras que permitieran identificar la ubicación exacta del lugar.
Al no haberse probado la negligencia del restaurante ni el defecto de la vereda frente al inmueble, la Justicia desestimó la pretensión económica en su totalidad. Además, al resultar vencida en el proceso, la sentencia le impuso a la demandante la obligación de cubrir la totalidad de las costas judiciales y los honorarios profesionales correspondientes, marcando un claro criterio para este tipo de reclamos en la ciudad.
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