Casación confirmó pena al condenado por abusar a las amigas de su hija durante una “piyamada”

Lo Sala V rechazó el recurso de la defensa de Adrián Buitrón. Tampoco hizo lugar al pedido del particular damnificado de incorporar el delito de corrupción de menores.

Lo resolvió el Tribunal de Casación.

22 de Octubre de 2026 08:03

Por Redacción 0223

PARA 0223

Pocos días después de que la Cámara de Apelación y Garantías rechazarle darle el arresto domiciliario, la Sala V del Tribunal de Casación rechazó los recursos presentados por la defensa particular y el representante de las víctimas en la causa contra el hombre condenado a siete años de prisión por abusar a las amigas de su hija durante una “piyamada”.

Los jueces Manuel Alberto Bouchoux y Ricardo Ramón Maidana, rechazaron el recurso de la defensa, declararon inadmisible el presentado por el particular damnificado y mantuvieron la pena por los tres hechos de abuso sexual simple.

Fue detenido tras la lectura de la sentencia.

La defensa había solicitado la absolución al cuestionar la credibilidad de las denunciantes y sostener que no existían pruebas suficientes para respaldar sus acusaciones y, de manera subsidiaria, que se redujera la pena y que fuera de ejecución condicional. Sin embargo, Casación concluyó que los planteos no demostraban errores relevantes en la valoración de las pruebas ni arbitrariedad en la determinación de la sanción.

Por su parte, el abogado Maximiliano Orsini como representante del particular damnificado había recurrido para que se incorporara el delito de corrupción de menores agravada, además de los abusos sexuales, pero se declaró inadmisible ese recurso por considerar que no se cumplían los requisitos legales para impugnar la condena. El profesional apelará el decisorio ante la Suprema Corte.

Sucedió en Comandante Nicanor Otamendi.

En junio del año pasado los jueces Ricardo Perdichizzi, Paula Soulé y Fabián Riquert dieron por probado los tres hechos cometidos en noviembre de 2019, agosto del 2020 y octubre de 2020 en la casa del sujeto en la ciudad de Comandante Nicanor Otamendi tal como plantearon el Ministerio Público Fiscal y los abogados Orsini y Carlos Disipio como representantes del particular damnificado.

A comienzo de mes la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías rechazó darle el arresto domiciliario al considerar que no se encuentran dadas las condiciones necesarias que permitirían reemplazar el encierro institucional por el arresto domiciliario, en razón del domicilio propuesto para tal fin.

Lo más

leído