Me chocaron el auto en extrañas circunstancias: ¿quién paga?

Este y otros casos excepcionales fueron analizados por un experto en coberturas de seguros, que respondió todas las inquietudes ante distintos escenarios siniestrales.

Me chocaron el auto en extrañas circunstancias: ¿Quién paga?. Foto ilustrativa.

2 de Noviembre de 2026 07:53

Por Redacción 0223

PARA 0223

Chocar el auto suele causar –si la salud no está en juego- un verdadero dolor de cabeza por los gastos astronómicos que pueden recaer si no están claro el tema del seguro. Pero si el choque ocurre en situaciones excepcionales, la situación a primera vista es peor y en muchos casos los daños los debe pagar uno.

Una de estas raras excepciones ocurre cuando uno es víctima del robo del auto. ¿Qué pasa si el delincuente choca contra otro vehículo, una casa o una persona?

Para responder a estas preguntas, 0223 dialogó con el asesor de seguros Leandro Morales, que brindó tranquilidad y explicó en qué circunstancias cubren los seguros así como las excepciones al beneficio de la póliza. 

La eximición del titular: Morales aclaró que “el dueño del vehículo robado queda eximido de responsabilidad civil. Al ser desposeído del automóvil de forma ilegítima (por robo o hurto), se interrumpe el nexo causal entre el propietario y los daños que el vehículo pueda ocasionar a partir de ese momento”.

Situación de la aseguradora del auto robado: en ese caso, la compañía también queda eximida de indemnizar al tercero afectado, dado que no existe cobertura contratada para el delincuente ni responsabilidad legal imputable al asegurado. “Lo mismo ocurriría si atropellan a otra persona”, aclaró.

Situación del tercero perjudicado: en ese caso, esta persona debe recurrir a sus propios seguros (por ejemplo, el Seguro de Hogar ante un impacto en su vivienda o la cobertura de Todo Riesgo si le dañaron su vehículo) o accionar judicialmente de forma directa contra el autor del delito.

Cuáles son las excepciones

Para Morales, también hay excepciones y casos de litigios: “Existen situaciones excepcionales en las que las aseguradoras han debido responder o han quedado comprometidas judicialmente (por ejemplo, negligencia grave en la custodia por dejar las llaves puestas, vicios en los plazos procesales de rechazo del siniestro o controversias sobre el uso no autorizado).

Más allá de estos casos no usuales, desde las compañías de seguro aseguran que "la doctrina mayoritaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratifica la eximición de responsabilidad por la ruptura del nexo causal (uso contra la voluntad del dueño)”.

El choque de vehículos en viviendas: ¿rompe paga?

¿Qué ocurre si un auto choca contra el frente o estructura de una casa?.  La respuesta está en la póliza de Combinado Familiar, denominado habitualmente como Seguro de Hogar, que es contratada por el propietario de la vivienda. "En el mercado asegurador argentino, este evento se encuentra cubierto bajo la cláusula técnica de Impacto de Vehículos Terrestres (o Impacto de Vehículos de Terceros), explicó Morales.

Si hay cobertura directa, el siniestro se liquida dentro de la cobertura principal o adicional de Daños Materiales / Impacto de Vehículos. La aseguradora evalúa los daños en la estructura (paredes, portón, fachada, rejas) o en el contenido afectado, indemnizando o gestionando la reparación según las condiciones del contrato.

Una vez que la aseguradora indemniza o repara el daño en la vivienda, ingresa la figura de la Repetición y subrogación de derechos. Asume el derecho legal (subrogación) de reclamarle los costos al conductor y a la compañía de seguros del vehículo interviniente (a través de la cobertura de Responsabilidad Civil), siempre que el conductor sea legalmente responsable.

Daños por caída de postes, árboles e incendios

Al igual que en los daños a viviendas, la posibilidad de cobro depende del tipo de seguro contratado por el propio damnificado, ya que los eventos meteorológicos o actos de vandalismo no están cubiertos por la póliza básica obligatoria.

Tipos de coberturas en el seguro automotor:

Responsabilidad Civil (Básica): NO cubre incendios, daños parciales ni destrucción total. Solo responde por los daños materiales o físicos ocasionados a terceros o sus bienes.

Terceros Completo / C Plus: Cubre Incendio Total o Parcial del automotor, así como la Destrucción Total (cuando el costo de reparación supera el 80% del valor de la unidad).

Aclaración: Si la caída de un árbol o poste genera un daño parcial (no llega a la destrucción total del auto), no quedará cubierto por este plan a menos que contemple una cláusula específica.

La importancia de tener un "Todo Riesgo"

El seguro "todo riesgo" cubre tanto los daños parciales como los totales derivados de la caída de árboles, postes, ramas o granizo. Es la cobertura más completa. En caso de siniestro parcial, el asegurado solo debe abonar el monto de la franquicia pactado en la póliza.

Como dato importante, es requisito habitual para estas coberturas que las compañías suelen aceptar vehículos de hasta 10 años de antigüedad para esta modalidad.

En muchos casos, las compañías aconsejan contratar una cobertura Todo Riesgo siempre que las condiciones del vehículo y el presupuesto lo permitan. Y es porque ofrece protección en tres momentos críticos donde el asegurado únicamente debe afrontar el pago de su franquicia:

Siniestros por culpa propia: cubre los daños ocasionados al tercero y también la reparación del propio vehículo.

Daños de autores desconocidos o sin cobertura: Protege cuando el auto aparece dañado en la vía pública sin identificación del responsable, o cuando el tercero no posee seguro, conducía en estado de ebriedad, sin licencia o bajo cualquier otra causal de exclusión de cobertura.

Reparación ágil y sin burocracia: Permite reparar el vehículo rápidamente a través de un taller homologado por la propia compañía sin depender de los tiempos de tramitación del seguro del tercero. Posteriormente, se puede reclamar el reintegro de la franquicia a la compañía del responsable.

¿Y si un conductor alcoholizado choca o no tenía registro?: en estos casos, tener una cobertura todo riesgo es la mejor opción. de no tener este beneficio, lo único que queda a la víctima es hacer una denuncia civil contra el o la causante del siniestro.

 

 

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