Ley Joaquín: qué cambios deberán hacer los clubes, escuelas y plazas para evitar accidentes
Axel Kicillof reglamentó la ley que establece medidas de seguridad para prevenir accidentes en espacios deportivos y recreativos de la provincia de Buenos Aires. La norma fija requisitos de anclaje, contrapesos, protecciones y certificaciones profesionales, además de controles periódicos a cargo de los municipios.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Los clubes, escuelas, instituciones deportivas y espacios recreativos públicos y privados de la provincia de Buenos Aires deberán adecuar sus instalaciones a una serie de condiciones de seguridad para prevenir accidentes, especialmente aquellos que puedan afectar a niños, niñas y adolescentes. El gobierno de Axel Kicillof reglamentó la denominada Ley Joaquín mediante el decreto 2082/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial bonaerense, y precisó los requisitos que deberán cumplir los elementos deportivos y recreativos.
La reglamentación completa el marco de aplicación de la Ley 15.618, conocida como Ley Joaquín, que fue promulgada en agosto pasado con el objetivo de prevenir accidentes provocados por estructuras deportivas y elementos recreativos sin las condiciones adecuadas de seguridad.
La iniciativa surgió a partir de la muerte de Joaquín, un chico de La Matanza de 12 años que falleció en Junín de los Andes tras ser golpeado por un arco de fútbol que no estaba correctamente fijado al suelo. El caso impulsó la sanción de una normativa que alcanza no solamente a los arcos de fútbol, sino también a los de hockey, handball y rugby, los aros de básquet, los postes de redes de vóley y los juegos de plazas, entre otros elementos instalados con fines deportivos, recreativos o lúdicos.
Uno de los principales puntos está relacionado con los arcos de fútbol, hockey y handball que pesen más de 20 kilos. Estos deberán contar con sistemas de sujeción, anclaje o contrapesos, que podrán ser permanentes o removibles, para garantizar su fijación a la superficie donde estén instalados. La exigencia apunta a evitar que las estructuras puedan volcarse y provocar lesiones.
En el caso de los aros de básquet con pie, también será obligatorio disponer de un sistema de contrapeso que permita mantenerlos estables durante su utilización.
La reglamentación contempla, además, qué deberá hacerse cuando los elementos tengan sistemas de sujeción removibles. En esos casos, las instituciones tendrán que contar con un espacio adecuado para guardarlos cuando no estén en uso o, si se trata de arcos deportivos, asegurarlos en posición horizontal.
Otro de los requisitos establecidos es la colocación de protectores acolchados en pisos, columnas, paredes y postes, con el objetivo de amortiguar impactos en los entornos deportivos y recreativos. A esas condiciones se sumarán las recomendaciones adicionales que puedan realizar los profesionales matriculados que intervengan en las inspecciones.
Certificaciones y controles periódicos
La reglamentación también precisa las responsabilidades de los municipios, que fueron designados como autoridad de aplicación de la Ley Joaquín en sus respectivas jurisdicciones. Entre sus atribuciones estará verificar y controlar periódicamente que los establecimientos cumplan con las medidas de seguridad exigidas.
Para eso, cada municipio deberá establecer un mecanismo de habilitación, certificación o constancia de cumplimiento, que tendrá que ser emitido por un profesional matriculado. La intervención de estos especialistas permitirá acreditar que las instalaciones reúnen las condiciones necesarias para su utilización.
Además, las comunas deberán promover campañas de concientización y prevención sobre los riesgos asociados a la falta de medidas de seguridad y coordinar acciones con organismos educativos, asociaciones deportivas y entidades intermedias para garantizar una aplicación uniforme de la normativa en toda la provincia.
El decreto también encomienda a la Dirección General de Cultura y Educación, a través de los Consejos Escolares, y a los ministerios y organismos provinciales que tengan a su cargo establecimientos o espacios públicos alcanzados por la ley, instrumentar las medidas necesarias para cumplir con las nuevas exigencias.
Por su parte, el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, mediante la Subsecretaría de Deportes, tendrá a su cargo brindar asistencia técnica a los municipios para que puedan implementar la normativa y dictar las disposiciones complementarias o aclaratorias que resulten necesarias.
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