Violó a la hijastra de 10 años mientras sacaba una "selfie": lo condenaron a quince años de prisión

La pena se resolvió tras un juicio abreviado con la anuencia de las víctimas. Los hechos ocurrieron entre diciembre de 2024 y marzo de 2025 en el barrio Caribe.

Se hizo un juicio abreviado.

26 de Marzo de 2026 08:16

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre que abusó sexualmente de la pequeña hija de su pareja y sacó una foto cuando lo hacía fue condenado a quince años de prisión tras la validación de un acuerdo de juicio abreviado en el Tribunal Oral en lo Criminal N°3. El vencimiento de la pena va a operar el 29 de febrero de 2040 porque está detenido desde marzo del año pasado.

En el acuerdo que el Ministerio Público Fiscal y la defensa de C.A.C. –sus datos personales no se dan de manera completa para no identificar a la menor- presentaron al Juez Fabián Riquert se planteó la solución alternativa a partir de la anuencia de la víctima y de la Asesoría de Menores e Incapaces.

Según la hipótesis fiscal, el 12 de diciembre de 2024 el ahora condenado abusó sexualmente mediante acceso carnal, introduciendo su pene en la boca de la niña de 10 años aprovechando la situación de convivencia preexistente con la víctima. Durante el abuso sacó una fotografía que almacenó en la infraestructura de Google Drive.

Lo detuvo personal de la Policía Federal.

El 8 de enero de 2025, C.A.C. tuvo en su poder y procedió a almacenar seis archivos de video y nueve archivos fotográficos en los que se representa el abuso sexual sufrido por niñas menores de 13 años de edad por parte de adultos. Eso generó una alerta y denuncia posterior del “National Center for Missing & Exploited Children” que fue recibida por autoridades judiciales argentinas.

Tal como informó en su momento 0223, el allanamiento se hizo en el marco de una causa en trámite en la Oficina de Composición Temprana de Conflictos Penales a cargo de la fiscal Graciela Tril, pocos días después que el detective judicial Emiliano Fortunato recibiera el reporte.

Los investigadores detallaron que en la fotografía -tipo selfie- se puede ver a la nena que le practica sexo oral al imputado. “La madre de la menor es una mujer con un grave cuadro psiquiátrico y la niña tiene un leve retraso madurativo: todo en un marco de precariedad total”, indicaron en aquel momento

Detectaron la foto y enviaron un alerta.

En la sentencia a la que accedió este medio el magistrado sostuvo que la responsabilidad criminal de C.A.C. en carácter de autor penalmente responsable de los hechos quedó plenamente confirmada a partir de la declaración en Cámara Gesell de la niña, de la prueba irrefutable que fue la fotografía cuando la obliga a practicarle sexo oral y de los reportes técnicos que lo ubican como el autor de la tenencia del material.

Riquert descartó cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y valoró como atenuante la falta de antecedentes penales. En cuanto a los agravantes hizo lugar a la multiplicidad de hechos y la deshumanización de la niña al ser utilizada como objeto, lo cual afectó su psiquis y necesita tratamiento psicológico y acompañamiento terapéutico.

El Juez condenó a C.A.C. a quince años de prisión como autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por la situación de convivencia preexistente con persona menor de edad, producción y tenencia de representaciones de menores de edad de actividades sexuales agravadas por la edad de la víctima, y abuso sexual con acceso carnal agravado por la situación de convivencia preexistente con persona menor de edad en grado de tentativa.