Le pegó tres tiros a un vecino, fue preso y en la celda le encontraron droga: lo condenaron

La pena de seis años de prisión a Diego Daniel Contreras se resolvió tras un juicio abreviado. Los hechos ocurrieron entre diciembre de 2022 y enero de 2024.

Una de las detenciones de Contreras. (Foto: archivo 0223).

16 de Abril de 2026 08:19

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un robo, un encubrimiento, una portación ilegal de arma de guerra y la tenencia de droga en su calabozo. Ese es el orden cronológico de las cuatro causas por las que Diego Daniel Contreras fue condenado a seis años de prisión tras la validación de un acuerdo de juicio abreviado en el Tribunal Oral en lo Criminal N°3.

La seguidilla de causas comenzó la noche del 13 de diciembre de 2022 cuando Contreras –de 44 años-  y un sujeto que no pudo ser identificado, ingresaron al garaje de una vivienda en Goñi al 2700, amenazaron al dueño de casa para que les diera dinero y le dispararon tres veces en una pierna: momentos después fue reducido por los vecinos del lugar.

Arma secuestrada en una de las causas. (Foto: archivo 0223).

El arma secuestrada era una pistola calibre nueve milímetros marca Browning que tenía la numeración limada y siete municiones intactas en su interior. Su procedencia era ilegítima y por eso se le imputó el delito de encubrimiento.

Más de un años después, el ahora condenado fue interceptado por personal de la UTOI en inmediaciones de las calles Palestina y Castillo en el barrio Parque Palermo. En su poder tenía una pistola calibre nueve milímetros y una bolsa con municiones: la ausencia de autorización legal para portar y tener armas de fuego que se probó con el informe de la ANMac dio paso a una nueva causa penal.

El último hecho se registró mientras estaba alojado en la celda 2 del pabellón D del área 1 de la Unidad Penal N°44 de Batán ya que durante una requisa hallaron bajo su exclusiva esfera de custodia y con evidentes fines de comercialización 19,34 gramos de cocaína distribuídos en 16 envoltorios.

El acuerdo se validó en Tribunales.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 se descartaron cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y agravantes, aunque valoraron como atenuante la menor capacidad de reprochabilidad que surge del informe psicológico glosado en la instrucción.

A Contreras lo declararon coautor penalmente responsable el delito de robo agravado por su comisión mediante el uso de arma de fuego apta para el disparo en grado de tentativa en concurso ideal con la autoría del delito de encubrimiento por supresión de la numeración de objeto registrable, autor penalmente responsable del delito de portación ilegal de arma de guerra y autor penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada por su comisión en el lugar de detención a la pena de seis años de prisión.