Volverá a la cárcel un acusado de intentar asfixiar y amenazar con quemar a su pareja
La Cámara de Apelación y Garantías revocó la excarcelación dictada hace casi dos meses tras la apelación fiscal.
Por Redacción 0223
PARA 0223
En sintonía con el pedido fiscal, la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías revocó la excarcelación de un hombre acusado de agredir físicamente y amenazar de muerte a su pareja el pasado 17 de junio y dispuso su alojamiento en el complejo penitenciario de Batán.
F.J.I. había sido excarcelado el 22 de junio por el Juzgado de Garantías N° 1, bajo caución juratoria, con una prohibición de acercamiento y contacto con la víctima y la obligación de iniciar un trámite para ejercer sus derechos y obligaciones parentales.
Según la investigación, el acusado habría empujado a su pareja contra una mesa, la insultó y amenazó de muerte delante de sus hijas menores. Luego, en el sector de la cocina, la habría tomado fuertemente del cuello, realizando maniobras de asfixia, además de golpearla en el rostro y amenazarla con prenderle fuego la cara.
La víctima sufrió distintos hematomas y excoriaciones, entre ellas lesiones en el cuello, rostro, piernas, brazos y codo. Los médicos determinaron que se trataba de lesiones leves, con un tiempo de curación inferior a los treinta días, por lo que el hecho fue calificado como lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, en concurso con amenazas, que tiene una pena en expectativa de entre seis meses y cuatro años de prisión.
En 2017 F.J.I. fue condenado a tres años de prisión en suspenso por un robo agravado, mientras que en 2023 recibió una pena de cuatro años y seis meses de prisión por distintos delitos contra la propiedad y resistencia a la autoridad. Los Jueces Adrián Angulo y Juan Pablo Lódola consideraron que debido a esos antecedentes, una eventual nueva condena no podría ser de ejecución condicional y podría corresponder además una declaración de reincidencia.
Sin embargo, el principal elemento considerado por los magistrados fue el contacto que el imputado habría mantenido con la víctima desde el establecimiento carcelario, después del hecho. Según consta en el expediente, las comunicaciones estuvieron relacionadas con la relación de pareja, el episodio investigado y la posible sanción que podría recibir.
Para la Cámara, esa circunstancia podía haber tenido influencia sobre la voluntad de la denunciante que manifestó oportunamente que no quería continuar con el proceso penal. También valoraron un informe elaborado por el Centro de Asistencia a la Víctima cuando la mujer dijo no querer continuar con el proceso, argumentando que la situación se encontraba "todo tranquilo".
Los miembros de la Sala II entendieron que el imputado podría haber incidido en la decisión de la denunciante de no avanzar con determinadas medidas procesales y vincularon esta situación con las características del círculo de violencia en contextos de violencia de género. Tras revocar la excarcelación concedida el 22 de junio y dejar sin efecto las condiciones impuestas para que el acusado permaneciera en libertad, comunicaron la decisión al Juzgado de Garantías N° 1, la Fiscalía, la defensa, al imputado y a la víctima.
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