Boliche en Playa Grande: “Varias unidades turísticas fiscales han modificado o variado el uso”

Lo afirmó Playa Azul SA, concesionaria del estacionamiento del complejo Playa Grande. El Concejo Deliberante podría autorizar la apertura de un boliche en ese sector. 

9 de Mayo de 2017 08:14

Por Redacción 0223

PARA 0223

Tal como reveló 0223, la empresa Playa Azul SA, concesionaria del estacionamiento del complejo Playa Grande, pretende instalar un boliche en ese sector de la costa marplatense. “Varias unidades turísticas fiscales del sector han modificado o variado el uso que se le otorga a los mismos”, indicaron. 

En una nota presentada en el Concejo Deliberante, a la cual este diario digital tuvo acceso, la firma comercial explicó que “existen múltiples precedentes administrativos  de haber alterado la municipalidad, a través del HCD, las bases originales de la documentación contractual, generando ventajas, ampliaciones y/ o beneficios a los contratistas por fuera de lo que preveían los pliegos licitatorios”.

En ese sentido, se mencionó lo otorgado “al concesionario de la UTF denominada La Normandie, donde sin estar prevista en la documentación contractual que diera pie a la concesión se le confirió a través de ordenanza la posibilidad de otorgar al complejo el rubro confitería bailable”.

Otro caso dable de mencionar es el ocurrido en la concesión de las UTF denominadas Playa Varese y Cabo Corrientes, donde nuevamente sin estar contemplado en los Pliegos de Bases y Condiciones se le confirió como beneficio adicional la posibilidad de construcción de dársenas para el estacionamiento de vehículos, conforme lo aprobado por Ordenanza 19.466”, recordaron desde Playa Azul SA.

A renglón seguido, la empresa remarcó que “el caso más paradigmático que puede invocarse es precisamente uno vinculado a la mismísima licitación del Complejo Playa Grande, donde y sin estar comprendido dentro de los pliegos licitatorios originales se les confirió a los por entonces concesionarios un derecho de preferencia a ser incorporado en la próxima, convocada al fin de cuentas por 0rdenanza 19.910; ello conforme lo resuelto por 0rdenanza 18.701, circunstancia que dejó a los mismos en una situación de franca ventaja comparativa con relación a los nuevos que pretendiesen participar y sin que ello hubiese sido siquiera insinuado en los pliegos licitatorios originales”.