La Asesoría de Incapaces apeló el rechazo a la cautelar que presentó el Einstein

Hugo Lludgar señaló que la decisión del gobierno provincial no estuvo debidamente justificada. Se presentó en representación de todo el colectivo de estudiantes de Mar del Plata. 

La Asesoría de Incapaces presentó una apelación para pedir que vuelvan los chicos a las aulas.

14 de Junio de 2021 13:15

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Asesoría de Incapaces de General Pueyrredon se presentó en la Justicia para apelar la medida de juez en lo Civil y Comercial Maximiliano Colángelo, que rechazó la medida cautelar solicitada por el Instituto Albert Einstein para que se autorice el regreso de las clases presenciales en la institución.

 

Hugo Andrés Llugdar, asesor de Incapaces, a cargo de la Asesoría Nº 2 Departamental, presentó la medida ante el mismo Juzgado en el que además se presentó como representante del "colectivo de alumnos del régimen educativo obligatorio en el territorio del Departamento Judicial Mar del Plata".

Según consta en la presentación, Lludgar basa su apelación en que la medida dispuesta por el Ejecutivo provincial de suspender las clases presenciales "en modo alguno ha sido debidamente justificada" y marcó la "prioridad" que establece la Constitución Nacional de garantizar el derecho de los niños, niñas y adolescentes a la educación y la salud.

https://www.0223.com.ar/nota/2021-5-28-12-38-0-montenegro-pidio-mantener-las-clases-presenciales-esto-no-complica-los-contagios

"En el término de 1 año y 3 meses, los niños, niñas y adolescentes, solo han concurrido a la escuela durante 2 meses que duró la presencialidad. ¿De qué manera puede considerarse ello como deferencia al derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes?", se preguntó el titular de la Asesoría de Incapaces.

Frente a la cautelar, Colángelo reparó en que la medida que pretendía aplicar el instituto no incluye "una sola referencia al estado actual del nivel de contagios en esta ciudad”, ya que desde la institución educativa sólo mencionaron “la existencia de 30 casos” de coronavirus en la institución, situación que no se refleja en toda la ciudad, fuertemente golpeada desde hace varias semanas por la segunda ola de la pandemia.

Ante ese argumento, Lludgar señaló que el juez "omite totalmente considerar la razonabilidad de las disposiciones que ordenaron suspender la presencialidad de las clases". Y agregó: "Lo que es más, omite considerar la necesaria justificación que toda medida extraordinaria cercenatoria de derechos básicos debe tener con independencia de la consideración de la cantidad de contagios. Es necesaria la conexión entre la medida (suspensión de clases presenciales) y la finalidad (decrecer los contagios), demostrando que el perjuicio evitado no genere uno peor".