La Cámara Federal ordenó investigar un presunto caso de espionaje ilegal en Prefectura de Mar del Plata

Habría sido cometido por un integrante de la Delegación de Inteligencia Criminal y la víctima sería un juez federal de la ciudad. La causa había sido cerrada en primera instancia, pero la Cámara ordenó reabrirla y apartar al magistrado. El caso se desprendió de la causa que se tramita en Comodoro Py por el posible espionaje durante el gobierno de Macri.

El accionar de un prefecto, bajo la lupa de la justicia federal de Mar del Plata.

2 de Octubre de 2023 13:37

Un presunto caso de espionaje ilegal cometido en Mar del Plata durante el gobierno de Mauricio Macri, que tendría como protagonista a un integrante de la Delegación de Inteligencia Criminal de Prefectura Naval y como víctima a un juez federal de la ciudad, deberá ser investigado por la justicia local luego que la Cámara Federal ordenara en los últimos días revocar el cierre de la causa que había dispuesto el titular del Juzgado Federal N°4, Alfredo López. Ahora, en el proceso deberá intervenir otro magistrado y se espera el dictado de diversas medidas de prueba que podrían revelar una trama de mayores dimensiones

La decisión a la que accedió 0223 fue firmada el pasado 21 de septiembre por los camaristas Alejandro Tazza y Bernardo Bibel, luego que la fiscal Laura Mazzaferri presentara el 30 de agosto un recurso de apelación contra la decisión de agosto mediante la cual el juez de grado dispuso el archivo de las actuaciones. La Cámara no solo ordenó que se reabra la investigación, sino que además apartó al juez López ya que se expidió sobre la suerte del proceso considerando que no existe delito penal, por lo que deberá intervenir otro magistrado. Además, cuestionó al titular del Juzgado Federal 4 porque en ningún momento del proceso se le dio la correspondiente intervención a la presunta víctima de la causa, llamando al nuevo juez a cumplir con este aspecto.

El expediente que se tramita en la Justicia Federal marplatense donde se investiga el presunto caso de “abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público”, del cual al momento se desconocía públicamente su existencia, surgió como una derivación de la causa que ahora tramita el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N°10 de los tribunales de Comodoro Py en Buenos Aires, a cargo de Julián Ercolini, pero que originalmente fue llevada adelante por el exjuez Rodolfo Canicoba Corral. Allí, se investiga el accionar, durante el gobierno de Macri, de miembros de la Afip, la Agencia Federal de Inteligencia, dependencias del Ministerio Público Fiscal, del Poder Judicial de la Nación y de jurisdicciones provinciales, de la Política de Seguridad Aeroportuaria, Prefectura Nacional Argentina, Política de la Ciudad y Ministerio de Seguridad de la Nación, por presuntos ingresos a sistemas de consulta de acceso restringido para obtener datos específicos de la vida privada de ministros nacionales y provinciales, legisladores, jueces, fiscales, periodistas, empresarios y hasta Lionel Messi, entre otros.

La Cámara Federal ordenó reabrir la investigación que había cerrado un juez de primera instancia.

“Con el devenir de la investigación, se habría logrado establecer que en fecha 9 de m… de 20…, a las 14:48:42, M.D.A., agente de la Prefectura Naval Argentina, habría ingresado sin justificación legal para así hacerlo, mediante su usuario, a la base de datos de la Dirección Nacional de Migraciones, con el objeto de obtener los datos migratorios del Juez Federal Dr. S.I.”, consignó en las últimas hora la Cámara Federal, en una resolución a la que accedió 0223 y en donde todos los datos aparecen originalmente recortados por motivos de seguridad. Allí, se indicó que, al momento del hecho, el agente sospechado prestaba funciones en la Delegación de Inteligencia Criminal de la Prefectura Naval Argentina con asiento en Mar del Plata.

En ese marco, desde Comodoro Py se consideró que este episodio no tendría relación con la hipótesis criminal investigada, por lo cual separó el hecho y declinó su competencia a favor de la jurisdicción marplatense, siempre dentro del ámbito de la justicia federal. Tras ello, el fiscal general de Mar del Plata, Daniel Adler, dictaminó la aceptación de la competencia e incluso estimó que había méritos suficientes para que se le tome declaración indagatoria al imputado. Sin embargo, el juez López rechazó lo requerido e incluso resolvió el archivo de las actuaciones “por considerar que no se encontraba configurado delito alguno”

La resolución de los jueces Tazza y Bibel.

En su apelación, Mazzaferri, de la Fiscalía Federal N°1, planteó que “nos encontramos ante una resolución arbitraria que se aparta de la regla establecida en el artículo 123 del Código Procesal Penal de la Nación (C.P.P.N.). pues la fundamentación del juez solo se centra en cuestiones doctrinarias y jurisprudenciales alejadas de lo que aquí se investiga”. Para la fiscal, el juez “no brinda fundamento alguno para explotar los motivos según los cuales los hechos investigados no constituyen delito, lo cual convierte a la decisión en infundada y prematura”.

Luego que Adler dictaminara la habilitación del recurso, la Cámara advirtió que “en función de la etapa procesal por la que atraviesa el sumario y de los elementos colectados en el legajo, se avizoran circunstancias que invitan a pensar que el archivo ordenado resulta prematuro”. Además, expresó que “para decidir en el sentido propuesto por el magistrado, se requiere taxativamente que el hecho imputado no constituya delito o no se pueda proceder (cfr. 195 C.P.P.N.), y de los sólidos argumentos narrados por los representantes del Ministerio Público Fiscal en su presentación recursiva y la expresión de agravios, se vislumbra la existencia de distintos elementos de prueba que tornan inapropiado cerrar el caso bajo las pautas propuestas por el juez”.

A su vez, recuperó lo planteado por Adler en cuanto que tras el pedido de indagatoria, López “no rechazó el mismo por falta de elementos probatorios o señalando que los elementos resultaban insuficientes; directamente cerró el caso sosteniendo que ´no se ha verificado hecho ilícito alguno´, ello contrariando la doctrina por él mismo invocada en cuanto debe reputarse desviada y abusiva la conducta del funcionario de inteligencia de una fuerza de seguridad que consulta los datos migraciones de un Juez Federal sin motivación alguna”.

Como factor determinante se hizo hincapié en que “el propio M.D.A. reconoció en las actuaciones administrativas” haber realizado la consulta objeto de la causa penal. Entre los elementos de prueba recolectados, se alegó que Migraciones “puso en conocimiento la existencia de diversas consultas realizadas en sus bases de datos respecto de una serie de magistrados y personalidades públicas”, incluido el caso registrado en Mar del Plata con este prefecto. “A ello se suma el extracto de la información aportada, donde se brindan los datos de acceso e incluso se señala la IP desde la cual se hizo la conexión, sobre la cual no se adoptó medida de instrucción alguna”, sostuvieron Tazza y Bibel.

Finalmente, también se agregó que hay actuaciones enviadas por la propia Prefectura, donde se pone de manifiesto que se le tomó declaración al agente, el cual “reconoció haber ingresado a la base de datos de Migraciones para cotejar algunos datos del Dr. I.”, lo cual “no se debió a cuestiones funcionales o mandatos judiciales, sino que solo buscaba confirmar el nombre y apellido del mencionado, con el cual tendría un estrecho vínculo laboral”. Sin embargo, la propia Migraciones aparece en contradicciones, dado que en un informe de febrero de este año, la dependencia nacional informó que “no se encontraron registros durante el mes de m. 2. que hayan realizado la consulta sobre S.I”.

Para los camaristas, este último “resulta un punto que ha de esclarecerse con el devenir de la investigación por sus posibles consecuencias penales”, en un caso que vuelve a poner el ojo sobre posibles hechos de espionaje ilegal cometidos en Mar del Plata durante el gobierno de Cambiemos, considerando la investigación sobre presunto espionaje clandestino contra familiares de las víctimas del Ara San Juan, en donde la Cámara de Federal de Casación Penal debe resolver si revoca o declara nulo el sobreseimiento del ex presidente Macri.