Confirmaron que “El Faraón del Pollo” irá a juicio por matar a un hombre en una fiesta de cumpleaños

La Sala I de la Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de la Justicia de Garantías que en agosto rechazó el sobreseimiento de Juan Jesús Piero Pinna que hizo la defensa

Piero Pinna participaba del cumpleaños del empresario Mauricio Ríos.

23 de Noviembre de 2023 07:59

Por Redacción 0223

PARA 0223

Casi tres meses después de la decisión de la Jueza de Garantías Rosa Frende de negar el sobreseimiento del hombre que mató a Maximiliano Rhil durante una fiesta de cumpleaños en Horizonte Club de Playa en junio de 2022, la Sala I de la Cámara de Apelaciones confirmó la decisión y elevó la causa a juicio. En fecha y Tribunal a definir, “El Faraón del Pollo" será juzgado como autor del delito de homicidio agravado por el empleo de arma de fuego.

Los jueces Marcelo Madina y Esteban Viñas no revocaron el fallo que desestimó el sobreseimiento de Juan Jesús Piero Pinna “sin perjuicio de lo que pueda resolverse en el incidente de morigeración coercitiva y en la búsqueda anhelada del aseguramiento perseguido para la realización del juicio”.

Resolución de la Sala I.

La defensa del imputado a cargo de las abogadas Patricia Perelló y Mariana Fardin habían apelado el rechazo al sobreseimiento al entender que había dos versiones contrarias entre dos grupos de testigos antagónicos y al considerar –por los residuos de pólvora hallados en la mano de la víctima- que éste había disparado y que no obedecía a una transferencia secundaria.

Para las profesionales el informe de autopsia sobre la muñeca de Rhil, la pericia sobre sus prendas, la pericia de microbarrido electrónico y el análisis sobre las partículas existentes en el disco de carbono en el que se tomaron las muestras de la mano, “permitieron confirmar que la única explicación del hallazgo de pólvora en su mano hábil del occiso, provenía del o los disparos que efectuó, sin otra explicación posible”. En el mismo sentido consideraron que las dudas basadas en la transferencia “eran ficciones carentes de sustento”.

Sin embargo, los magistrados consideraron que las dudas también se trasladaron al ámbito de la evidencia pericial. Tras aclarar que ni las partes, ni los jueces siquiera, pueden sustituir a los peritos en su labor técnica o profesional, indicaron que era evidente que la competencia de los peritos y sus dictámenes podrá ser mejor analizada con la profundidad que otorga el debate.

Lugar del hecho.

“En cualquier caso, la conclusión -por inferencia pericial- de que Maximiliano Rhil disparó, o no lo hizo, o, acaso, manipuló un arma previamente, o recibió por cercanía y/o transfirió por propio contacto residuos de partículas de pólvora en su mano derecha, es algo que también deberá ser materia de discusión plena. No hay errores de juicio por duda sobre la existencia de disparos producidos por la víctima, frente a la ausencia de accidentes o rastros balísticos y a explicaciones técnicas compatibles con hechos distintos”, señalaron.

En la resolución de trece páginas a la que tuvo acceso 0223, indicaron que “aún tomándose por hipótesis la expuesta por la defensa acerca de que se acreditó el disparo, consideramos que ello no tiene el mérito de decidir, sin embargo, sobre la configuración de la legítima defensa invocada. Ningún informe pericial de evaluación parcial, sobre la explicación del dato indiciario -residuos de pólvora en una mano del occiso-, puede a esta altura y con todos los elementos incorporados a la investigación, suplantar o devaluar la labor inherente al órgano jurisdiccional”.

El hecho

El crimen de Rhil se produjo la madrugada del 26 de junio del año pasado durante el tramo final de la fiesta de cumpleaños que el empresario Mauricio Ríos brindó en el balneario Horizonte Club de Playa. Tras una serie de incidentes que se registraron en el interior, “El Tucumano” se enfrentó a golpes con otro invitado –identificado como Ariel Nuñez- quien sufrió la fractura de una pierna.

Más allá de las versiones encontradas de algunos testigos, los testimonios parciales que dieron otros olvidadizos y de la retirada de muchos invitados ante la llegada de la policía, la investigación a cargo de la fiscal Florencia Salas se encontró con otra traba importante: las cámaras de seguridad del balneario estaban desenchufadas o, al menos, el DVR que secuestraron estaba vacío por completo.

De acuerdo a la versión que dio el imputado, cuando se retiraba rumbo a su automóvil, Rhil lo habría amenazado con un arma de fuego y allí se produjo un intercambio de disparos. Piero Pinna disparó nueve veces su pistola y escapó con su novia a bordo del Toyota Corolla en el que habían llegado un par de horas antes a la fiesta.

Tras pasar por el hotel céntrico donde estaba hospedado y levantar sus pertenencias, escapó por la autovía 2, permitió descender cerca de Chascomús a su novia Romina Ulloa y siguió viaje rumbo a Tucumán donde se entregó horas más tarde. Más allá de que se le dictó la prisión preventiva en esa provincia por otra causa, la gravedad de la imputación en su contra permitió el traslado a la ciudad y su alojamiento en la Unidad Penal 44 de Batán.