Abandonó a su hija hace treinta años y ahora la demandó para que le diera una cuota alimentaria

El primer fallo favorable a la pretensión del hombre fue anulado por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial. La mujer denunció que el sujeto la abusó cuando era niña y ordenaron que se investigue el hecho.

La resolución fue de la Sala Tercera.

25 de Agosto de 2024 10:03

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial anuló la sentencia del Juzgado de Familia N°6 que obligaba a pagar a  una mujer una cuota alimentaria por el 15 por ciento de sus ingresos a su padre con el que no tuvo contacto por más de treinta años y que, según su presentación, la había abusado cuando era una niña.

Sentencia que anuló el fallo de la Justicia de Familia.

Los Jueces Rodrigo Cataldo y Alfredo Méndez declararon, por prematura, la nulidad de la sentencia dictada el 9 de noviembre del año pasado y ordenaron que sea un nuevo juez quien resuelva la demanda que H.E.A. hizo contra su hija L.V.A.

La mujer, con el patrocinio del abogado Raúl Meroi Bonetto, interpuso un recurso formal de apelación que no estaba basado en un cuestionamiento económico, sino en una crítica moral al considerar que se había vulnerado el derecho de defensa al imponérsele una condena injusta que conllevaba un “doble castigo”.

En su apelación cuestionó fuertemente el sustento de tal deber “por el peso de su historia familiar, denunciando que fue abandonada por su padre a los diez años de edad y que sufrió abusos en los pocos años en que convivieron. En tal sentido sostuvieron que "el actor le proporcionó a la suscripta y su madre un verdadero infierno donde no faltaron los golpes y sobraron los excesos tanto en lo referido a lo físico como a lo psicológico y como colofón los abusos sexuales”.

El primer voto fue del Juez Rodrigo Cataldo.

En diálogo con 0223, el profesional detalló que los padres de su representada estaban separados de toda la vida, que ella nunca tuvo relación con él porque se cortó cuando era muy chica y su madre no tuvo en cuenta la denuncia de abuso porque el hombre era adicto a alcohol y drogas.

En la presentación argumentaron que el demandante se presentaba como víctima y referido a la problemática del alcoholismo y la depresión, pero en realidad resulta ser el victimario, adicto a estupefacientes y a prácticas de sometimiento sexual extremo.

"Lejos de ser un padre medianamente protector, facilitaba situaciones extremas donde gente de malvivir como él, organizaba reuniones de juego clandestino, consumo de alcohol y drogas, admitiendo que fuera manoseada delante suyo y lejos de evitarlo lo fomentaba y festejaba”, indicaron.

"El aquí actor -ahora enfermo y vulnerable- por aquel entonces y en ocasiones similares a las ya descriptas, drogado y alcoholizado la obligaba a yacer con él en diferentes oportunidades”, agregaron.

El fallo original fue del Juzgado de Familia N°6.

En su voto inicial el juez Cataldo sostuvo que desde del inicio se debió actuar con mayor compromiso en atención a la gravedad de los eventos denunciados, convocando a la denunciante a su sede, cuestionando, sosteniendo y realizando las derivaciones pertinentes.

“Consecuentemente, la propuesta que formularé al acuerdo es declarar nula por prematura la sentencia recurrida desde que, omitiendo toda consideración de una cuestión esencial, se desentendió de la influencia que podrían tener los hechos denunciados penalmente por la recurrente”, indicó.

Tras ordenar la devolución del legajo digital a la instancia de origen, definieron que un nuevo juez hábil deberá determinar el estado del trámite y derivaciones de la denuncia efectuada en marzo de 2022 en la Comisaría de la Mujer; ordenar las medidas pertinentes a fin de esclarecer la verdad de los hechos, respetando el derecho de defensa de las partes; y juzgar con perspectiva de género, mirada que impone el paraguas protector de la normativa aplicable al caso al ejercicio jurisdiccional.