Consorcio deberá pagar 23 millones de pesos e intereses a dueñas de departamento por filtraciones y humedad
La resolución del Juzgado Civil y Comercial N°4 se conoció esta semana. El reclamo comenzó a inicios de 2017. El edificio está en Alsina al 2200.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Daño moral y daños materiales. Esos son los dos rubros que consideró la Justicia para establecer que el Consorcio de propietarios de un edificio ubicado en Alsina al 2200 debe pagarle a las propietarias de un departamento 23 millones de pesos más intereses por la demanda de daños y perjuicios por los daños sufridos en la unidad por filtraciones y humedad.
Y.G.S. y L.G. son las dueñas de un departamento ubicado en la planta baja del edificio ubicado en Alsina 2268/2272/2274 que a comienzo de 2017 empezaron a observar manchas de humedad y filtraciones en distintos sectores del inmueble -baño, pasillo y dormitorios-, que atribuyeron a una pérdida de agua proveniente de una unidad del primer piso.
Las mujeres señalaron que las humedades habrían afectado la estructura edilicia y las instalaciones eléctricas, generando un progresivo deterioro del inmueble y que ante la persistencia del problema, habrían efectuado reclamos verbales al consorcio y a la administración, sin obtener solución.
A raíz de la falta de respuesta, el 23 de marzo de 2017 remitieron Cartas Documento a la propietaria del departamento del primer piso y al administrador, intimando a que se realizaran las reparaciones pertinentes. Con el objeto de acreditar la existencia y alcance de los daños, también solicitaron un informe técnico a un arquitecto que verificó la presencia de humedad en cielorrasos y paredes, desprendimientos de revoques y riesgo en las instalaciones eléctricas.
En la demanda que presentaron en el Juzgado Civil y Comercial N°4 en agosto de 2020 indicaron que en septiembre de ese año se produjo un cortocircuito general en la vivienda con interrupción de los servicios de luz y gas que las obligó a desalojar la unidad y trasladarse con sus hijos menores al domicilio de un familiar. Afirman que desde entonces no pudieron volver a habitar el inmueble y que se vieron obligadas a asumir gastos de reparación, mudanza y reposición de bienes dañados, acompañando a tal efecto presupuestos y facturas.
Relataron también que la situación les habría ocasionado pérdidas materiales y perjuicios personales y emocionales, vinculados con el desplazamiento forzado de su vivienda y las dificultades derivadas de esa circunstancia.
A partir de las actuaciones realizadas y las presentaciones de las partes, el Juez Martín Zambecchi consideró que el consorcio ya conocía el inconveniente desde el envío de la carta documento y pese a que la normativa aplicable le imponía “el deber de actuar con diligencia para solucionar todo desperfecto que afectara partes comunes o pusiera en riesgo la estructura edilicia, no adoptó en tiempo oportuno las medidas necesarias para superar la negativa de acceso al inmueble donde se encontraba el foco de las filtraciones”.
“La prueba testimonial corrobora la versión de los hechos expuesta por la parte actora, confirma la gravedad del daño y demuestra que el Consorcio conocía la situación, demoró su intervención y recién actuó cuando la reparación fue judicialmente autorizada a instancia de la propia damnificada, configurando una clara omisión en el cumplimiento de su deber de conservación y prevención”, sostuvo el magistrado en la sentencia a la que tuvo acceso 0223.
El Juez hizo lugar parcialmente a la demanda por daños y perjuicios promovida por Y.G.S. y L.G. contra el consorcio de propietarios y los condenó a abonar 23 millones de pesos más los intereses a calcular en un plazo no mayor a los diez días a contar desde que el pronunciamiento adquiera firmeza bajo apercibimiento de disponer su ejecución.
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