No pudo robar un auto, lo atraparon y se quiso escapar de la comisaría
Cometió los dos hechos en menos de veinticuatro horas. Hicieron un juicio abreviado y lo condenaron a ocho meses de prisión.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Un hombre al que detuvieron tras un intento fallido de robo en agosto del año pasado en el barrio Colina de Peralta Ramos y que al día siguiente intentó escapar de la comisaría tercera antes de ser trasladado a Tribunales fue condenado a ocho meses de prisión tras la validación de un acuerdo de juicio abreviado. En virtud de la ratificación del mismo, el Ministerio Público Fiscal no se opuso a la excarcelación de Justo Alexis Pereira bajo caución juratoria.
La noche del 21 agosto del año pasado Pererira ingresó con fines de robo a una vivienda ubicada en inmediaciones de las calles Bermejo y Arana y Goiri tras escalar un paredón de casi dos metros de altura. Una vez en el interior quiso abrir un Peugeot 405 estacionado en el lugar, pero no logró consumar el hecho.
Al día siguiente, mientas aún estaba en la comisaría tercera, empujó a una Oficial, la hizo caer al piso y rompió de una patada la puerta de ingreso: tampoco logró escapar porque fue interceptado por personal policial que salió en su persecución.
En el acuerdo que el fiscal Guillermo Nicora y el defensor oficial Ricardo Mendoza le presentaron al Juez Federico Wacker Schroder del Tribunal Oral en lo Criminal N°3 calificaron a los hechos como constitutivos de los delitos de hurto agravado por su comisión con escalamiento en tentativa y evasión en grado de tentativa, los que concurren materialmente entre sí.
En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 se descartaron cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y agravantes, aunque consideraron atenuante la aceptación del jucio abreviado y la situación carcelaria actual.
El magistrado declaró a Pereira reincidente y lo declaró autor penalmente responsable de los delitos de hurto agravado por su comisión con escalamiento en grado de tentativa y evasión en grado de tentativa y lo condenó a ocho meses de prisión de efectivo cumplimiento.
El fiscal ratificó el dictamen anterior y consintió la excarcelación en términos de libertad asistida mientras que fije domicilio, se someta al cuidado y control del Patronato de Liberados, complete los estudios secundarios y gestione un turno para iniciar un abordaje terapeútico.
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