Indemnizarán a tres jóvenes que iban a una degustación y sufrieron lesiones en el transporte
El hecho ocurrió en marzo de 2023 cuando el micro atravesó un badén. La Justicia Civil y Comercial ordenó al chofer, la empresa y la aseguradora a pagar más de 15 millones de pesos.
Por Redacción 0223
PARA 0223
El Juzgado Civil y Comercial N° 3 hizo lugar a tres demandas por daños y perjuicios que iniciaron tres jóvenes que, en marzo de 2023, iban a una degustación para elegir el lugar donde hacer su fiesta de egresados y sufrieron lesiones a bordo del colectivo de la empresa que los trasladaba.
Y.R., C.B. y S.P. viajaban en un colectivo Mercedes Benz de la empresa Mar del Bus S.A. que conducía Sergio D’Ortenzio: al atravesar un badén pronunciado sobre la avenida Fortunato de la Plaza, a la altura de la calle Vergara, la unidad realizó un fuerte salto que provocó la caída de los tres pasajeros.
Los jóvenes fueron trasladados al Hospital Privado de Comunidad, donde recibieron atención médica por traumatismos, golpes y distintas lesiones. Si bien la causa fue iniciada originalmente en forma conjunta y posteriormente se tramitaron tres expedientes separados, el Juzgado resolvió dictar una única sentencia.
Durante el proceso, dos testigos presenciales confirmaron que el colectivo circulaba detrás de sus vehículos, que atravesó el badén a una velocidad que provocó un fuerte salto y que, inmediatamente después, los menores descendieron llorando y manifestando dolores: las historias clínicas también acreditaron que los tres fueron atendidos en el hospital el mismo día del accidente.
El Juez Luis Benvenuto Vignola consideró acreditada la responsabilidad de Mar del Bus y del conductor al señalar que, tratándose de un transporte de pasajeros, existe una obligación de seguridad que impone al transportista llevar al pasajero sano y salvo hasta su destino.
El magistrado sostuvo que el conductor, por su condición de profesional y por transportar pasajeros menores de edad, debía extremar las precauciones y advertir la presencia del badén para reducir la velocidad. A criterio del juzgado, de haber actuado con la prudencia necesaria, el salto brusco del colectivo y las posteriores caídas podrían haberse evitado.
La defensa había argumentado que los jóvenes estaban distraídos, conversando y que no se encontraban correctamente sujetos a los elementos de seguridad del colectivo, pero el magistrado consideró que no se produjo ninguna prueba que acreditara esas circunstancias y rechazó la existencia de una culpa de las víctimas que permitiera eximir de responsabilidad a los demandados.
Por tratarse de una relación entre pasajeros y una empresa prestadora del servicio de transporte también quedó establecida la aplicación de las normas de defensa del consumidor.
La pericia médica realizada determinó que los tres jóvenes habían sufrido lesiones compatibles con el accidente y atravesado un período de recuperación de aproximadamente cuatro semanas, pero que no presentaban secuelas físicas permanentes ni incapacidad derivada del hecho.
En la sentencia se condenó a la empresa Mar del Bus SA, a Sergio D'Ortenzio junto con la citada en garantía Paraná Sociedad Anónima de Seguros a abonar la cantidad de 15.600.000 pesos -5.200.000 a cada uno- en concepto de gastos médicos y daño moral; ello, con más los intereses determinados en los fundamentos, dentro del término de diez días.
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