Martillero retuvo parte de reserva por una operación caída y deberá indemnizar por daño moral a la clienta

El Tribunal de Disciplina del Colegio había señalado que la decisión era indebida. El Juzgado Civil y Comercial N°11 ordenó que reintegre 400 dólares y pague tres millones de pesos.

El Colegio ya lo había multado.

14 de Abril de 2026 08:04

Por Redacción 0223

PARA 0223

Una reserva de mil dólares para comprar un departamento céntrico en 2019, una operación frustrada por decisión del vendedor y la decisión del martillero de no restituir los fondos e incluso agredir a la clienta cuando fue a reclamarle. Ese fue el origen de una demanda que resolvió la semana pasada el Juzgado Civil y Comercial N°11 con un fallo condenatorio para el profesional.

En agosto de 2022 P.Y.E. promovió una demanda de contrato contra G.P.I. reclamando la devolución de la reserva de mil dólares más los intereses por retención indebida, más daños y perjuicios a partir del conflicto generado tras la caída de una operación por la adquisición de un departamento en el centro de la ciudad.

La mujer relató que a partir de la reserva presentó el "inmueble a comprar" ante el Banco Hipotecario para la obtención del Crédito Procrear Ahorro Joven, donde había constituido 12 plazos fijos UVA. Durante esa espera, el corredor público se acercó al Banco a preguntar por el estado del crédito, una información sensible que solamente ella podía consultar.

Era por un departamento céntrico.

Según su relato, cuando todo estaba listo para la compra, G.P.I le insistió en llevar a un “arbolito” de su confianza para que ella compre dólares en la oficina del Banco y el comprador pudiera irse con el efectivo. Sin embargo, para la entrega del dinero se requería que el dueño del inmueble abriera una cuenta en la entidad para hacer la transacción: cómo no quería dejar registro de la venta, canceló la operación.

En enero de 2020 la mujer acordó con la escribanía la devolución de la reserva y cuando concurrió a la inmobiliaria con los papeles de rigor, el martillero no quiso firmar porque le echaba la culpa de la no realización de la operación: eso derivó en una agresión, un llamado a la policía y la formación de una cusa por lesiones leves.

A lo largo del expediente a cargo de la Jueza Patricia Juárez se fueron dando los distintos traslados y presentaciones de prueba que incluyeron, en noviembre de 2023, la resolución del Tribunal de Disciplina del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos que halló a G.P.I. autor responsable de la indebida retención de sumas de dinero que era su obligación restituir con una sanción de seis cuotas anuales colegiales.

Había pedido un crédito que quedó sin efecto.

“El no reintegro de la totalidad de la reserva, frustró la razonable expectativa que tenía el actor de quedar indemne frente a la no realización de la operación de compraventa. A su vez, el accionante debió atravesar un largo peregrinar para obtener el reconocimiento de su derecho: tratativas extrajudiciales, denuncia penal y ante tribunal de disciplina del demandado, mediación prejudicial, y, por último, un desgastante proceso judicial siempre de incierto resultado”, se indicó en la sentencia a la que tuvo acceso este medio.

Sostuvo que el contexto reseñado tenía aptitud para provocar angustia, desazón, impotencia, frustración, todo lo cual decanta en un agravio moral que debe ser resarcido. “En función de lo expuesto, considero razonable otorgar por este parcial la suma de tres millones de pesos, importe que estimo suficiente para que el damnificado pueda efectuar un viaje a Aruba de siete días de duración, contemplando el traslado en avión, hotel, seguro de viaje, comida y esparcimiento”, agregó.

La Jueza hizo lugar a la demanda por cumplimiento de contrato y daños y perjuicios interpuesta por P.Y.E. contra G.P.I. condenando al accionado a reintegrar a la actora la suma de la reserva de cuatrocientos dólares y la suma de tres millones de pesos en concepto de daño más los intereses dentro del plazo de diez días de quedar firme.