Incumplió tres veces en dos días una restricción de acercamiento y quedó preso
La Cámara de Apelación y Garantías confirmó el dictado de prisión preventiva. El imputado estaba notificado de la vigencia de la medida.
Por Redacción 0223
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En sintonía con la resolución de primera instancia, la sala II de la Cámara de Apelación y Garantías confirmó la prisión preventiva de un hombre que en un lapso de 48 horas incumplió tres veces una restricción de acercamiento y cualquier acto de intimidación respecto a una mujer y su hija.
M.P.G. había sido notificado de la decisión del Juzgado de Paz de Balcarce el pasado 2 de junio de la prórroga de prohibición de acercamiento en un perímetro de 200 metros y de abstenerse de realizar cualquier acto de intimidación u hostigamiento tanto de manera personal como por cualquier vía electrónica o telefónica respecto de la ex pareja y su hija.
El 10 de agosto pasado le envió diversos mensajes así como también fotos y videos de inmuebles vía WhatsApp a la ex pareja y un día más tarde se apersonó a menos de cincuenta metros de la vivienda de las víctimas y las interceptó en la esquina de dicho domicilio. Horas más tarde volvió a enviarle diversos mensajes vía WhatsApp, infundiendo en la mujer el mismo temor.
Los Jueces Juan Pablo Lódola y Adrián Angulo entendieron que la prisión preventiva ordenada fue "razonable, necesaria y -de momento- proporcional" ya que el imputado cuenta con diversos trámites en curso, entre los cuales se destacan dos procesos que tienen por víctima a la damnificada por ilícitos de similar naturaleza.
En la resolución destacaron que la comisión de esos hechos tuvieron lugar mientras G. se hallaba cumpliendo la medida de coerción en arresto domiciliario en el marco de una causa en trámite ante el Tribunal Oral en lo Criminal N°1.
"También deje tenerse presente, que en orden a la imputación enrostrada, y de conformidad con lo señalado, en caso de recaer en el presente sentencia de condena, la misma será -indefectiblemente- de efectivo cumplimiento", agregaron.
"Finalmente, debe destacarse que de las propias circunstancias fácticas endilgadas, se evidencia el riesgo procesal que la medida de coerción busca mitigar. Así, la conducta transgresora que habría asumido G., quien en reiteradas ocasiones, desobedeciendo una disposición judicial de restricción -conocida por él- se habría acercado a su expareja, a su domicilio y la habría contactado mediante el uso de mensajería digital, permiten evidenciar peligros para la investigación en curso", concluyeron.
Los miembros de la Sala II confirmaron de esta manera la resolución dictada por la Justicia de Garantías que convirtió la detención del hombre de 37 años en prisión preventiva en orden a la eventual comisión de tres sucesos calificados como constitutivos del delito de desobediencia a una orden judicial.
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