Casas contenedor: arquitectos y técnicos le pidieron a Neme que vete la nueva ordenanza
Los colegios profesionales solicitaron que el intendente vete total o, al menos, parcialmente la norma aprobada por unanimidad por el Concejo Deliberante. En una dura presentación, reclamaron una revisión integral con participación de especialistas.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Los Colegios de Arquitectura y Urbanismo de la Provincia de Buenos Aires – Distrito IX (CAUBA DIX) y de Técnicos de la Provincia de Buenos Aires – Distrito V le solicitaron este lunes al intendente Agustín Neme que no promulgue la ordenanza que regula la construcción de viviendas y comercios mediante contenedores marítimos reutilizados y que la devuelva al Concejo Deliberante para una revisión integral.
La presentación fue realizada por los presidentes de ambas instituciones, Diego Domingorena y Diego Haag, quienes además pidieron que el Ejecutivo ejerza su facultad de veto dentro del plazo de diez días hábiles y convoque a los colegios profesionales y otros organismos técnicos para elaborar una nueva regulación. Como medida alternativa, pidieron puntualmente el veto parcial con la suspensión de los artículos 2°, 3° y 8°, "por concentrar aspectos particularmente problemáticos del texto sancionado".
Los representantes aclararon que su planteo no implica rechazar la utilización de contenedores como recurso constructivo, ni las nuevas tecnologías o sistemas industrializados. El cuestionamiento está dirigido específicamente al contenido de la ordenanza aprobada el 27 de agosto, que consideran que introduce "excepciones y vacíos" que podrían afectar la seguridad, la salubridad y la habitabilidad.
Uno de los principales cuestionamientos apunta a la falta de participación de los colegios profesionales durante el tratamiento de la iniciativa. Según plantearon, las instituciones con incumbencia directa en materia de proyecto, dirección, construcción y control de edificaciones no fueron convocadas para aportar una opinión técnica. Al respecto, reprocharon que "durante el tratamiento de la iniciativa, los Colegios Profesionales con incumbencia directa en materia de proyecto, dirección, construcción, seguridad y control de las edificaciones no fuimos convocados a participar de su análisis ni se nos solicitó opinión técnica institucional".
También objetaron la referencia que hace la ordenanza a las normas ISO aplicables a los contenedores marítimos. Advirtieron que esas normas establecen requisitos vinculados con el uso de los contenedores como unidades de carga, pero no certifican por sí mismas su aptitud para ser utilizados como viviendas, comercios u otros espacios destinados a la permanencia de personas.
Otro de los puntos centrales está relacionado con las dimensiones. Los colegios cuestionaron que la ordenanza exceptúe el cumplimiento de determinados anchos mínimos de los locales debido a que los contenedores tienen un ancho interior estándar de 2,35 metros. En ese sentido, señalaron que las aislaciones térmicas, hidrófugas y acústicas y las terminaciones interiores exigidas por la propia norma reducirán todavía más el espacio disponible. También advirtieron que la altura interior de determinados contenedores podría quedar por debajo de los mínimos establecidos por el Reglamento General de Construcciones una vez incorporados los pisos, cielorrasos y aislaciones.
Los profesionales pusieron además el foco en la falta de trazabilidad de los contenedores reutilizados. Reclaman que antes de incorporarlos a una construcción se pueda conocer su procedencia, antigüedad, estado de conservación y, especialmente, qué tipo de cargas transportaron durante su vida útil, ante la posibilidad de que hayan estado expuestos a sustancias contaminantes o tratamientos químicos. "La ausencia de estas previsiones constituye un vacío normativo en materia de salubridad y protección de los futuros usuarios", apuntaron desde los colegios.
La presentación también cuestiona cómo la ordenanza distribuye las responsabilidades entre los profesionales y los propietarios, proveedores o fabricantes de los contenedores. Los colegios sostienen que no debería recaer sobre un profesional la responsabilidad por la aptitud de una estructura preexistente cuya fabricación, uso y eventuales reparaciones se produjeron fuera de su control. "No resulta razonable transferir al profesional actuante la obligación de garantizar integralmente la aptitud de un producto preexistente cuya fabricación, trazabilidad e historia ocurrieron fuera de su control", expusieron.
Por último, reclamaron que, en lugar de establecer un régimen específico para contenedores marítimos, el Municipio avance hacia una regulación integral de los sistemas constructivos industrializados, modulares y no tradicionales, con parámetros verificables de seguridad estructural, protección contra incendios, habitabilidad, salubridad, aislación, durabilidad y protección contra la corrosión.
El proyecto fue presentado en marzo de 2025 por el concejal Julián Bussetti (Pro) y durante su tratamiento recibió distintas modificaciones tras sugerencias de la Secretaría de Obras. Finalmente, fue sancionada el pasado 27 de agosto, con el voto positivo de los 24 concejales. Según la Ley Orgánica de las Municipalidades (LOM), el intendente cuenta con un plazo de 10 días hábiles (vence el próximo jueves) para promulgar la norma o vetarla, ya sea parcial o totalmente. Cumplido ese plazo y en caso de no haber una decisión del Ejecutivo, la ordenanza quedará automáticamente promulgada.
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