Aprobaron por unanimidad la ordenanza que regula las viviendas y comercios construidos con contenedores
El Concejo Deliberante sancionó la norma que permite utilizar contenedores marítimos reutilizados para viviendas, oficinas y otros espacios habitacionales o comerciales. Deberán contar con permiso de construcción y cumplir requisitos de seguridad, habitabilidad y urbanización.
Por Redacción 0223
PARA 0223
El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la ordenanza que regula la construcción, instalación y uso de contenedores marítimos reutilizados para viviendas, oficinas y espacios comerciales, una iniciativa que establece por primera vez un marco específico para este tipo de edificaciones en Mar del Plata y Batán.
La nueva normativa permite utilizar contenedores con fines constructivos para los usos contemplados en el Código de Ordenamiento Territorial (COT), pero establece que las estructuras deberán cumplir con las condiciones de seguridad, habitabilidad y urbanización previstas por la legislación vigente.
Uno de los principales puntos de la ordenanza es que establece que un contenedor será considerado bien inmueble cuando se encuentre anclado al terreno de manera permanente y requiera el abastecimiento de servicios esenciales, como agua, electricidad, gas y cloacas.
La norma impulsada por Julián Bussetti (Pro) también determina que cualquier construcción de este tipo deberá contar con un permiso específico de la Secretaría de Obras, además de cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento General de Construcciones y el COT.
Existe, sin embargo, una excepción vinculada con las dimensiones. La ordenanza contempla que pueda no aplicarse la exigencia local sobre anchos mínimos debido a que los módulos utilizados habitualmente como contenedores tienen un ancho interior estándar de 2,35 metros.
Qué requisitos deberán cumplir
La nueva normativa, que deberá ser promulgada por el intendente Agustín Neme para entrar en vigencia, establece que la instalación de los contenedores estará sujeta además a las normas de zonificación y urbanización correspondientes al lugar donde se pretenda realizar la construcción.
En materia estructural, los módulos deberán estar adecuadamente anclados al terreno para garantizar su estabilidad y seguridad. La ordenanza contempla como alternativas la utilización de plateas, pilotes de hormigón armado u otros sistemas equivalentes que permitan asegurar la estabilidad de la construcción.
Otro de los requisitos centrales estará en la documentación que deberá presentarse antes de obtener la autorización. El proyecto deberá incluir una memoria técnico-descriptiva firmada por un profesional responsable, además de los planos y documentación gráfica que exige la normativa vigente. Esa memoria deberá acreditar las condiciones de seguridad y habitabilidad del proyecto y detallar aspectos como la iluminación natural, ventilación, dimensiones y condiciones de uso de los ambientes.
También deberán especificarse las soluciones constructivas previstas para garantizar las aislaciones térmicas, hidrófugas y acústicas, además de las características de las instalaciones eléctricas y sanitarias. La normativa incorpora asimismo exigencias específicas relacionadas con la estructura del contenedor, entre ellas la verificación de su estabilidad, inmovilidad y sujeción al suelo. Otro punto que deberá contemplarse especialmente será la protección contra la corrosión, particularmente por las características ambientales de Mar del Plata y la influencia sobre el frente costero.
La ordenanza no se limita a regular las futuras construcciones. Uno de sus artículos faculta al Departamento Ejecutivo a establecer un plazo de regularización para aquellas estructuras existentes que actualmente no se ajusten al régimen normativo. De esta manera, quienes ya hayan instalado construcciones realizadas con contenedores podrán quedar alcanzados por un proceso de adecuación que deberá ser definido por el Gobierno municipal.
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