Caso Hooft: el jurado de enjuiciamiento lo absolvió

Con demoras, este lunes se dio a conocer el veredicto del jury que comenzó el 17 de marzo. La votación terminó 8 a 2 en rechazo a la destitución del juez.

Los hijos de Hooft celebran la decisión del jurado de enjuiciamiento. Foto: Marcelo Núñez.

28 de Abril de 2014 18:18

Por Redacción 0223

PARA 0223

El juez Pedro Federico Hooft fue absuelto por el jurado de enjuiciamiento que durante más de un mes llevó adelante las audiencias. El resultado de la votación fue 8 a 2 en rechazo de la destitución del juez en lo correccional de Mar del Plata. 

Con varias horas de demora (primero se habló de las 14 como hora para tener novedades, luego se dijo que a las 16 y finalmente poco después de las 18 se conoció la decisión), miembros del jurado de enjuiciamiento dieron a conocer la decisión del tribunal, ante los cánticos de los organismos de derechos humanos que se acercaron hasta La Plata para escuchar el veredicto.

Los ocho abogados y diputados que votaron la absolución dijeron que no hubo delito de lesa humanidad y que el caso estaba prescripto. Sólo votaron en disidencia, a favor de la destitución, los diputados Lucía Portos y Luciano Martini. "¡Cómplices, cómplices!",  le cantaron al tribunal los familiares de los desaparecidos.

A las 9 comenzó la deliberación en sesión reservada, según publica el portal especializado Infojus. La lectura del veredicto se dio pasadas las 18. El juez marplatense comenzó a ser juzgado este 17 de marzo en La Plata. La acusación se basa en las pruebas documentales sobre los “incumplimientos funcionales” de Hooft: archivó hábeas corpus sin tener la respuesta de las Fuerzas Armadas y no informó sobre la muerte de los detenidos-desaparecidos ni reclamó su cuerpo al Ejército (como en el caso del abogado Jorge Candeloro). Además cerró las causas penales por secuestro sin citar a los testigos. Como pruebas documentales se presentaron esos mismos trámites, fechados en 1977 y relacionados con la “Noche de las corbatas”.

Esta última semana en los alegatos, la querella solicitó al tribunal que se destituya del cargo al suspendido juez al considerar que fue "funcional a la dictadura militar al no investigar los delitos de lesa humanidad cometidos". "Pedimos que Hooft sea destituido de los cargos que ocupa en la Justicia Penal de Mar del Plata, ya que creemos que con todos los elementos que obran en la causa está clarísima su complicidad con los crímenes cometidos en la dictadura", sentenció el abogado Luis Alén, quien preside la querella, al brindar su alegato ante el jury.

El letrado sostuvo que "Hooft desde ese cargo infringió los deberes que tenía y por ello lo hayamos autor responsable de las desapariciones, torturas y asesinatos de los abogados secuestrados en la Noche de las Corbatas y otras víctimas más del terrorismo de Estado". Alén sostuvo que "desde 1976 ya todas las estructuras del Estado se pusieron al servicio de un plan criminal. En ese marco, la dictadura cívico militar modificó el marco jurídico bajo el llamado Proceso de Reorganización Nacional, pero la Constitución no fue anulada, ni las leyes que debían hacer cumplir los jueces".

"Hooft no indagó a los testigos vinculados ni con quienes estaban presentes al momento de los secuestros de los abogados; tampoco le tomó declaración a (Camilo) Ricci, una vez que fue liberado", dijo y resaltó que "incumplió de esta forma con las leyes que en ese momento también regían". Detalló que "en el caso de la desaparición de Jorge Candeloro y su esposo, Marta García, pese a que había oficios pendientes se rechazó el habeas corpus y no notificó al fiscal. Él sabía lo que estaba haciendo, no puede caber otra explicación sino" y consideró que "tampoco pidió una autopsia de Candeloro ni su cuerpo cuando se le informó que estaba abatido".

Por su parte, la defensa del juez marplatense, a cargo del abogado Héctor Granillo Fernández, cuestionó que "todas las acusaciones que realiza la querella no fueron fundamentadas con pruebas a lo largo del juicio". "Si bien no rigió la Constitución hubo una pseudo organización frente a un país, porque nos guste o no nos guste, no rigió la Constitución durante la dictadura", cuestionó y remarcó que "los hábeas corpus no funcionaban en esa época".