Ampliaron el procesamiento contra el pastor Isaías Hurtado y su pareja

Tres personas fueron sobreseídas y se suman a las 37 víctimas de la causa. Algunas denunciaron persecución y amenazas, aún luego de la detención del líder del ministerio religioso. Un estudio de ADN confirmó uno de los abusos sexuales.

25 de Octubre de 2017 18:29

Por Redacción 0223

PARA 0223

Ante un requerimiento del fiscal Nicolás Czizik, la Justicia Federal amplió el procesamiento contra el pastor Isaías Hurtado y su pareja Patricia Padilla Coronado. Según la investigación, la pareja a través de mensajes de fe y la difusión de la existencia de un “ser superior”, redujeron a la servidumbre y explotaron laboralmente a 37 personas, algunas de las cuales denunciaron persecución del principal imputado.

El pastor también está acusado por tres casos de abuso sexual con acceso carnal, y un cuarto en grado de tentativa, porque no logró consumarlo. El juez Santiago Inchausti tuvo por probado, a través de un examen de ADN, que el hijo de una de las mujeres que denunció abuso, es hijo de Hurtado.

En la resolución consta que el resultado del peritaje genético arrojó que existe una probabilidad superior al 99,99% de que el hijo de unas de las mujeres que instó la acción penal por abuso, es hijo biológico de Hurtado. Y de acuerdo se desprende del expediente, tanto el fiscal como el juez interpretaron que fue un encuentro sin consentimiento de la víctima, viciado por temor y amenazas.

Según informó el Ministerio Público Fiscal Federal, la resolución tuvo en cuenta el posible entorpecimiento del avance de la investigación e hizo referencia a los testimonios recabados que dan cuenta de que Hurtado, aun encontrándose detenido, impartió órdenes a los fieles que aún se encuentran en el ministerio e impone castigos. “Muchas de las declaraciones incorporadas dieron cuenta de situaciones de violencia y amenazas padecidas por diversas víctimas, lo que me lleva a concluir que en caso de recuperar la libertad tal situación puede replicarse e incluso agravarse”, sumó el juez.

En esta resolución, son incluidas 37 víctimas: 21 de ellas ya estaban dentro de la acusación inicial, y otras se sumaron. Hay tres personas que en un primer momento habían sido imputadas, pero fueron sobreseídas con base al artículo 5 de la ley de prevención y sanción de la trata de personas.

Captación y sometimiento

Los responsables de “Monte Sion” contaban con al menos tres inmuebles preparados al solo efecto de alojar congregantes en las cercanías del templo. A través de distintos medios, como la radio que allí funcionaba, la red social Facebook, un canal en Youtube, el portal de internet y congresos, captaron y congregaron a un grupo de personas, a quienes redujeron a la servidumbre y sometían al trabajo informal y excesivo, sin recesos, los siete días de la semana, en completa disponibilidad para los imputados. A las mujeres, por lo general, les asignaban “exigentes labores domésticas”; mientras que a los varones los hacían trabajar fuera del ámbito casero.

En este marco, se observa en el expediente “un modo de operar de la organización religiosa en miras de obtener la transferencia de la mayor cantidad de recursos económicos posibles de quienes se congregaban a las arcas de su ministerio”. Ello, por medio de ofrendas y donaciones concretas, pero además mediante la delegación de su administración a las autoridades ministeriales.

Entre los modos más ordinarios, se han evidenciado los conocidos aportes de diezmos y los aportes consecuentes a la realización de pactos de las y los congregantes. Pero esto sólo resultó ser una herramienta inicial, presentada como un deber institucionalizado, dado que luego la exigencia se acrecentaba, con diferentes modalidades como endeudamientos constantes, manejo del dinero ajeno, engaños, entre otras.

La permanencia de las víctimas bajo su ámbito responde a la mecánica de estricto control y amedrentamiento: entre otras aristas, incluía la provocación del desarraigo de sus familias y lugares; el adoptar a los imputados como “padre” y “madre”; y la vigilancia de todas las actividades y movimientos, lo que quedó evidenciado en la necesidad de pedir permisos para salir, comprar cualquier cosa o moverse, según lo que relataron las víctimas,  basado en un discurso de “cobertura espiritual”.

“Esa cohesión del grupo bajo su órbita –subrayó el magistrado- fue garantizada mediante un alevoso uso de la violencia, las amenazas y la coerción. Bajo ese sometimiento, todas las tareas emprendidas por sus víctimas fueron bajo situaciones asemejables a la esclavitud, carentes de autodeterminación. En contrapartida, la explotación redundaba exclusivamente en beneficio de los imputados en esta causa”.

Al analizar los delitos de abuso sexual imputados a Hurtado, el juez comprendió que “usando su condición de ‘apóstol’ y principalmente bajo el pretexto de que Dios le hablaba, muchas de las directivas que impartía a las mujeres se encuentran relacionadas con su vida sexual e íntima, primordialmente para obligarlas a mantener relaciones con él pero también por ejemplo, para prohibirles estar con sus respectivas parejas sin su consentimiento, o indicarles con quién y cuándo casarse”.