Ocho años de prisión para la cuidacoches que mató a un joven a puñaladas

Lo dispuso el Tribunal Oral en lo Criminal 4 por unanimidad. Mónica Araya fue hallada autora penalmente responsable de homicidio simple. El otro imputado fue absuelto.

19 de Mayo de 2017 08:18

Por Redacción 0223

PARA 0223

Una mujer que durante la madrugada del primer día del año pasado mató a puñaladas a un joven a metros de su casa tras una pelea en la calle fue condenada a ocho años de prisión luego del juicio que se realizó en el Tribunal Oral en lo Criminal 4. Mónica Araya -de 31 años- seguirá detenida en la Unidad Penal 50 de Batán.

Los jueces Gustavo Fissore, Alfredo Deleonardis y Jorge Peralta absolvieron en primer término –tal lo solicitado por la fiscal Andrea Gómez- a Néstor Oscar Chávez, quien había llegado detenido a la realización del juicio oral. Esa medida se pidió luego de que las pericias psicológicas y psiquiátricas señalaran que el hombre era inimputable al momento de los hechos.

Las testimoniales obtenidas y las actuaciones incorporadas por lectura le permitieron al Tribunal confirmar que esa madrugada Araya fue la persona que apuñaló a Lucas Lima y le ocasionó la muerte tras herirlo en el tórax y en el cuello. Si bien la mujer y su pareja escaparon del lugar, ambos fueron atrapados una hora después del ataque cuando dormían sobre dos colchones tirados en la calle en 20 de Septiembre entre Luro y 25 de Mayo.

Los magistrados descartaron el planteo de la defensora oficial María Victoria Sosa acerca de la inculpabilidad por  el consumo de alcohol y drogas o por un error de tipo insalvable. Consideraron que si bien Araya tuvo dificultad para valorar sus acciones, tenía conciencia ya que el juicio crítico estaba disminuido pero no abolido.

En ese sentido valoraron sus condiciones al momento de declarar, la fuga del lugar tras atacar al joven de 18 años y haberse descartado de las armas blancas con las que apuñaló a la víctima.

Tras descartar cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y considerar como atenuantes la historia vital de la imputada y la falta de antecedentes penales, el Tribunal valoró como agravante la extensión del daño causado. Los jueces calificaron al hecho como homicidio simple y dictaron una pena de ocho años de prisión, el mínimo legal.