El hombre que atropelló y mató a Martín Ovejero se entregó en Tribunales y quedó detenido
Lo hizo apenas el Juzgado Correccional solicitó su detención luego de que la Suprema Corte de la provincia rechazara un recurso de inaplicabilidad de ley.
Por Redacción 0223
PARA 0223
El conductor que en julio de 2017 atropelló y mató a Martín Ovejero en el kilómetro 495 de la ruta 11 se presentó hace instantes en Tribunales junto a su padre y su abogado tras conocer que el Juzgado Correccional revocó su excarcelación y ordenó su captura. Pablo Sebastián Pérez será trasladado en las próximas horas al complejo penitenciario de Batán para empezar a cumplir la condena de cuatro años y medio de prisión dictada en octubre de 2019.
Tal como adelantó 0223, la Suprema Corte de la provincia rechazó un recurso de inaplicabilidad de ley que hizo el abogado defensor Guillermo Vicente luego de que la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones confirmó la pena de cuatro años y seis meses de prisión y de siete de años de inhabilitación. A partir de esa confirmación el abogado Maximiliano Orsini como representante del particular damnificado hizo el pedido de detención y apenas se confirmó esa solicitud, Pérez se presentó por sus propios medios en Tribunales.
“Me presento porque siempre estuve ajustado a derecho y vengo a cumplir la condena que impuso la Justicia”, fueron las palabras que Pérez le dijo a este medio antes de ingresar al Juzgado Correccional a cargo de Jorgelina Camadro para firmar el acta correspondiente.
“Menos de dos horas después del pedido de detención se presentó porque siempre estuvo ajustado a derecho y si bien podríamos interponer un recurso federal, mi defendido dijo que no para empezar a cumplir la pena impuesta”, dijo su abogado.
Una vez finalizado el trámite en Tribunales se hará efectivo el traslado de Pérez, de 36 años, al complejo penitenciario de Batán. “No lleva nada cumplido de la pena porque estuvo hasta el día de hoy excarcelado y decidió concluir todas las instancias recursivas”, concluyó el letrado.
Los pasos previos al pedido de detención
El año pasado los jueces Walter Dominella, Adrián Angulo y Marcelo Madina ratificaron la condena por el delito de homicidio culposo agravado por la conducción de un vehículo y por culpa temeraria. En el juicio se probó que esa jornada Pérez manejaba a una velocidad superior a lo permitida en su Peugeot 207 cuando rozó la rotonda del kilómetro 495 de la ruta 11, cruzó de mano e impactó la motocicleta en la que se desplazaba Martín Ovejero causándole la muerte de manera casi instantánea.
Camadro tuvo en cuenta la pericia accidentológica que confirmó que el rodado circulaba a 122 kilómetros por hora al momento del contacto inicial con la rotonda que derivó en un trompo y en el impacto a la motocicleta. En el mismo sentido valoró la declaración de los testigos, especialmente del primero que frenó en el lugar y que relató como el auto lo había pasado a altísima velocidad.
La defensa a cargo del abogado Guillermo Vicente no cuestionó la materialidad ni la autoría sino el concepto de culpa temeraria que la Jueza utilizó como fundamento para agravar el ilícito y la cuantía punitiva impuesta. A su entender se tomó esa decisión únicamente a través de los datos que aportó un testigo que incurrió en una serie de contradicciones sobre los pormenores que rodearon el evento que vedaría la posibilidad de utilizar su versión para extraer elementos concluyentes.
Si bien presentaron las medidas recursivas correspondientes, ante el fallo de la Suprema Corte decidieron evitar la última instancia posible y presentarse este jueves en Tribunales.
Leé también
Temas
Lo más
leído