Quiso violar a la hija de la pareja e intentó matarla: lo condenaron a 17 años de prisión

La sentencia se conoció este martes. A Luis Brun también lo condenaron por las lesiones que le provocó a la madre de la niña mientras vivían juntos.

La sentencia se conoció este martes en el TOC 1. (Foto: ilustrativa).

22 de Junio de 2021 15:00

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre de 55 años que quiso violar a la hija de su pareja, intentó matarla y además en reiteradas oportunidades golpeó a la mujer mientras convivían, fue condenado este martes a 17 años de prisión tras el juicio que se realizó en el Tribunal Oral en lo Criminal 1. Luis María Brun seguirá detenido en el complejo penitenciario de Batán.

Tal lo solicitado por el fiscal Leandro Arévalo los Jueces Pablo Viñas, Facundo Gómez Urso y Ricardo Perdichizzi hallaron al sujeto autor penalmente responsable de los delito de abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por tratarse de una menor de 18 años y en aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente, en grado de tentativa, homicidio en grado de tentativa y lesiones leves agravadas por haber sido ser cometidas por un hombre a una mujer mediando violencia de género y abuso sexual agravado por haber sido cometido contra un menor de 18 años y por la situación de convivencia preexistente en grado de tentativa.

Los hechos

A lo largo del debate el fiscal logró probar que el 5 de mayo de 2019 en el interior de un departamento ubicado en Luro entre La Pampa y San Juan,  Brun aprovechó la situación de convivencia preexistente con la nena de 11 años, la recostó por la fuerza en la cama e intentó violarla. No logró llevar adelante su objetivo porque llegó la madre de la menor, se tiró encima del sujeto y llamó a la policía.

Más allá de que la relación entre la madre de la víctima y el imputado terminó ese día, la investigación a cargo del titular de la Unidad Fiscal de Instrucción 7 logró establecer que entre febrero de 2018 y el mismo mes de 2019 Brun empleó un elemento corto punzante, tipo cuchillo, y con claras intenciones de quitarle la vida, intentó asestarle una puñalada en el pecho a la menor. Ese dato apareció a partir de la declaración que la niña –en ese momento de 11 años- pudo dar en cámara Gesell.

Si bien la defensa oficial cuestionó la “ventana de tiempo” que se planteó en la acusación fiscal, los magistrados consideraron que muchas veces al denunciarse un hecho concreto y especifico, viene de la mano de otros hechos de violencia o de abusos ocurridos en tiempos pretéritos. “Eso no es más ni menos que ‘el estallido’, ‘el desahogo’  y el animarse a decir ‘basta’ por parte de aquellas personas que vienen padeciendo los mismos y que logran por fin su liberación al contarlos”, señalaron.

“ Y también ha de tenerse en cuenta que generalmente quienes sufren estos hechos son personas con escaso desarrollo de su capacidad intelectiva y maduración (menores), por lo que es absolutamente normal y lógico que recuerden los hechos, pero que exista un manto nebuloso en cuanto a la precisión de fechas, horarios etc”, agregaron.

En ese mismo lapso de tiempo Brun, en reiteradas oportunidades, maniató con cables, efectuó golpes, quemaduras y cortes con elementos corto punzantes en diferentes partes del cuerpo a la madre de la menor con quien mantenía una relación de pareja en la que mediaba violencia de género. Tal accionar provocó en la víctima, lesiones que para su curación demandaron un lapso menor a los 30 días.

El último de los hechos por el que lo condenaron fue el primero que se registró cronológicamente ya que se comprobó que en abril de 2018 Brun intentó tocar las partes íntimas de la nena y practicarle sexo oral. En esa ocasión no logró consumar el hecho ya que la víctima pudo golpearlo con la rodilla y hacer cesar la conducta abusiva.

Autoría sin dudas 

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 se descartaron cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y se valoró como atenuante la falta de antecedentes. Más allá que la defensa solicitó que se tuviera en cuenta el buen concepto derivado de la declaración de la actual pareja, el Tribunal rechazó ese pedido.

En cuanto a los agravantes consideraron la “defraudación” por parte del imputado a la menor que tenía expectativas de contar con un padre del corazón tal como sostuvo en cámara Gesell y la extensión del daño causaso como señalaron los psicológos.

Por unanimidad los jueces condenaron a Luis María Brun a 17 años de prisión en razón de hallarlo autor penalmente responsable de los delito de abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por tratarse de una menor de 18 años y en aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente, en grado de tentativa, autor de homicidio en grado de tentativa, autor del delito de lesiones leves agravadas por haber sido ser cometidas por un hombre a una mujer mediando violencia de género y autor de abuso sexual agravado por haber sido cometido contra un menor de 18 años y por la situación de convivencia preexistente en grado de tentativa. Todos los hechos concurren materialmente entre sí.