Sin responsables: absolvieron al único imputado por el histórico incendio de Torres y Liva

Néstor Gustavo Arrativel no está en condiciones de comparecer a juicio ni comprendió la criminalidad de su acción. Fijarán una audiencia para determinar la duración de la medida de seguridad.

El incendio destruyó el establecimiento por completo.

7 de Septiembre de 2021 16:45

Por Redacción 0223

PARA 0223

En sintonía con el pedido que en su momento hizo el Ministerio Público Fiscal junto a la defensa oficial y tras aceptar la participación tardía de un particular damnificado, la Justicia absolvió al autor del incendio de Torres y Liva que generó la destrucción total del negocio y la pérdida de decenas de viviendas en la zona afectada. El Juez Juan Manuel Sueyro convocará a una audiencia para determinar la duración y característica de la medida seguridad para el hombre considerado un peligro para sí y para terceros.

El Juez absolvió a Néstor Gustavo Arrativel en virtud de mediar una causa de inimputabilidad y le pidió a las autoridades  de la Unidad Penal donde se encuentra alojado que informe sobre las condiciones de seguridad, higiene y tratamiento en que se cumple la privación de la libertad y una evaluación a la Asesoría Pericial Departamental.

Tal como se informó oportunamente, el 4 de junio pasado las partes pidieron que se declare la inimputabilidad de Arrativel y le imponga una medida de seguridad por la comprobada peligrosidad para sí y para terceros. Tres días más tarde dos personas solicitaron que se los tenga como particulares damnificados y se los aceptó sin la posibilidad de ofrecer prueba porque de lo contrario se afectaría el Principio de Preclusión y Derechos Fundamentales de los demás sujetos del proceso.

El magistrado le dio suficiente mérito convictivo al dictamen de los peritos oficiales y personal técnico que intervino en la inspección ocular poco después de sofocarse el incendio de Torres y Liva que derivó en conclusiones sobre la base de una observación directa.  “Estoy en condiciones de afirmar que el fuego se inició deliberadamente en el medidor y que a través de un orificio se extendió al tablero de electricidad que estaba montado en el interior del inmueble desde donde pasó al resto de la propiedad”, sostuvo.

Objetivo: cajas viejas

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 se reafirmó que Arrativel no tuvo posibilidad de comprender la criminalidad de su acto. La conclusión se dio tras los dictámenes de los profesionales Diego Otamendi y Mabel Morales, el reconocimiento médico practicado horas después de la aprehensión, la historia clínica del Hospital Interzonal General de Agudos (Higa) y la audiencia celebrada hace pocos días.

Sueyro sostuvo que corroboró cada una de las conclusiones periciales en la charla que mantuvo con el hombre y en la que intentó justificar sus actos, su situación actual y sus problemas de salud. “Arrativel reconoció haber dañado medidores de energía eléctrica y que se valió de dispositivos como el que se halló semicombustionado dentro de la caja. En la justificación de su conducta dijo que la empresa dedicada al suministro eléctrico no había cambiado esas antiguas cajas, que tal omisión defraudaba a los usuarios y él actuó para revertir la situación”, señaló.

“Culminó la explicación informando que solo dañó cajas viejas, que en ningún caso atentó contra alguna de las "nuevas" y antes de concluir su intervención, nos informó que el servicio penitenciario estaba en condiciones mucho mejores de las que él había observado en una anterior experiencia carcelaria; que en esta última etapa había recibido atención, que los integrantes del servicio y también otros internos se habían preocupado por su suerte”, agregó.

El Juez dijo que en los catorce años que lleva en la Magistratura jamás había escuchado un reconocimiento semejante, a alguien manifestando conformidad por estar preso y que lo vio aseado, con prendas limpias y arregladas, con una imagen muy distinta a la que aparece en las fotografías que se agregaron a la causa.

Sueyro dictó veredicto absolutorio con respecto a Néstor Gustavo Arrativel en virtud de mediar una causal de ininputabilidad con relación a los hechos que el fueran imputados como cometidos 15 de diciembre de 2019 en perjuicio de la empresa Torres y Liva y vecinos linderos del lugar, así como el 1 y el 16 de diciembre de 2019 en perjuicio de la propietaria del comercio sito en calle Santiago del Estero 1746 de esta ciudad y que fueran calificados como constitutivos de los delitos de Incendio agravado por peligro de muerte para las personas y daño.