Sobreseyeron al dueño del departamento donde murieron tres mujeres por monóxido de carbono

El hecho ocurrió en agosto de 2021. No hallaron elementos para probar una “conducta negligente y reprochable” ni que hubiera “posibilidad de prever el resultado”.

Edificio donde ocurrieron los hechos. (Foto: archivo 0223).

29 de Diciembre de 2023 07:49

Por Redacción 0223

PARA 0223

En sintonía con el pedido de la fiscalía de Delitos Culposos y la fiscalía general, la Justicia de Garantías dispuso el sobreseimiento de Matías López, el dueño del departamento céntrico donde en agosto de 2021 murieron tres mujeres de 19, 23 y 26 años por inhalación de monóxido de carbono.

La decisión del Juez de Garantías Gabriel Bombini se tomó tras considerar que las circunstancias descriptas en el caso “no permiten sustentar objetivamente una conducta negligente y reprochable a López que funde siquiera la posibilidad de prever el resultado”.

Resolución judicial.

Julieta Maldonado, Mayra y Yesica Elias estaban realizando tareas domésticas en el departamento 4°B del edificio ubicado en 25 de mayo 3133 cuando fallecieron por asifxia debido a inhalación de monóxido de carbono, contaminante químico proveniente de combustiones incompletas y deficientes.

Tal como demostró en la causa la defensa del propietario, a cargo de los abogados Fernando Guerrico y Carlos Sebastián Mira, existieron una serie de circunstancias fácticas que lo separan de una posible acción típica.

Los profesionales remarcaron que López no residía en la ciudad, que el departamento estaba en una refacción incompleta que llevaba adelante un albañil bajo la dirección de una persona calificada y que solamente había recibido una seña por parte de una persona a la que le permitió introducir sus pertenencias al inmueble. A ese sujeto, conocido de las tres víctimas, no se le había dado aún el uso pleno del inmueble ni permitido el ingreso de otras personas.

Desde la fiscalía entendieron como determinante para decidir la desvinculación del imputado “la circunstancia de que ninguno de los artefactos que produjeron la emisión de monóxido de carbono inhalado por las víctimas había demostrado un funcionamiento defectuoso perceptible antes del hecho. Una señal de ese tipo podría haber servido de alarma para activar las obligaciones de reparación de carácter urgente en cabeza de los involucrados”.

Personal de Camuzzi confirmó la mala combustión del calefón.

En la resolución a la que tuvo acceso 0223 se sostuvo que “en un departamento que no contaba con dispositivos de calefacción a gas instalados en el que la cocina y el calefón llevaban cuanto menos un mes de uso continuo sin evidenciar graves desperfectos, el cual además estaba siendo intervenido por un profesional de la construcción, y sobre el cual existía una prohibición de permitir el acceso de terceras personas, este contexto ha obstaculizado severamente la previsibilidad de un riesgo penalmente relevante”.

El magistrado corrió vista por el término de quince días a los particulares damnificados para que decidan si estiman, en su caso, requerir la elevación a juicio a su costa.