Secuestro de mercadería, documentos y autos: qué pidió la Justicia Federal en la causa por feria de la Bristol
Hizo foco en la gestión de la feria y en la responsabilidad del delegado de SIVARA. La intervención telefónica de su celular como elemento clave para la investigación.
Por Redacción 0223
PARA 0223
“A los efectos que correspondan”. La frase final de la orden de allanamiento, requisa, registro domiciliario, secuestro de automotores firmada por el Juez Santiago Inchausti en la causa por infracción a la ley de marcas y a la Ley Penal Tributaria fue la puerta de entrada para el operativo que esta madrugada demolió los 165 puestos que funcionaban en el lugar.
Desde el municipio entendieron que esa frase daba la potestad para tirar cada uno de los puestos mientras que desde el Sindicato de Vendedores Ambulantes calificaron la medida de ilegal al considerar “que el único procedimiento judicialmente ordenado ha sido, solamente, el allanamiento del predio en el marco de la causa penal por infracción a la Ley de Marcas.
Una lectura de la resolución de once páginas permite confirmar que en ninguna de sus once páginas aparecen los términos desalojo o lanzamiento. El magistrado dedica la primera parte para desarrollar la hipótesis delictiva a partir de la denuncia que en noviembre de 2024 hizo el entonces presidente del Ente Municipal de Turismo Bernardo Martín hizo por maniobras ilícitas en la Unidad Turística Fiscal “Playa Bristol”.
Las tareas que realizó personal de Prefectura Naval Argentina le permitieron confirmar “la mecánica y modalidad implementada para gestionar el permiso de stands en el lugar para instalar un puesto y comercializar mercadería; se habría determinado la comercialización de productos de marcas falsificadas siendo que el personal preventor constató mediante recorridas subrepticias la venta masiva de productos con logotipos de marcas reconocidas apócrifos, que presentan diseños, costuras y materiales de baja calidad, además de su precio y canal de comercialización, incompatibles con los estándares originales”.
“También se habría apreciado el rol de personas vinculadas a dicho sindicato en la maniobra, puesto que se habrían identificado a personas con chalecos e insignias del sindicato cumpliendo funciones de “serenos” y “fiscalizadores” que coordinarían la instalación y permanencia de los puestos en la rambla”, argumentó.
En la investigación fue determinante –según Inchausti- la intervención telefónica del celular de Walter Rivero ya que escucharon comunicaciones donde se desprende que "la organización percibiría un canon que en algunos casos alcanzaría la suma de $5.000.000 por temporada por puesto, transacciones que se realizarían mediante compromisos verbales, sin documentación fiscal formal”.
“Se evidencian además otras numerosas conversaciones que darían cuenta del funcionamiento de la presunta organización, de la adquisición de mercadería ilícita, de la mecánica para optimizar ganancias mediante la compra de “fardos” de indumentaria, presuntamente ingresados de forma irregular desde la República de Paraguay con la intermediación de Rivero; el uso de transferencias y alias; documentándose múltiples transferencias diarias de la recaudación de los locales, utilizando cuentas bancarias y alias específicos para canalizar los fondos”, agregó.
“Deberán adoptarse los recaudos que fueren necesarios para la preservación del lugar”
El magistrado ordenó allanar el predio en extenso denominado Unidad Turística Fiscal denominada “Paseo de Compras Bristol”, los locales 19, 20 y 42 de la galería ubicada en Luro 3050 que corresponderían a la sede administrativa del Sindicato de Vendedores Ambulantes de la República Argentina (SIVARA) y dos domicilios particulares vinculados a Rivero.
La medida pedía secuestrar todo elemento que se encuentre vinculado con la presente investigación, mercadería con marcas apócrifas, documentación contable, cuadernos de anotaciones, recibos de canon y contratos formales/informales, permisos, habilitaciones, soportes digitales, tales como teléfonos celulares, computadoras, tablets y memorias de almacenamiento, dinero en efectivo, valores, armas y todo elemento que guarde relación con las actividades lícitas investigadas.
Inchausti pidió la colaboración de personal técnico o idóneo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y del Ministerio de Trabajo de la Nación, dijo que se podría hacer efectivo el uso de la fuerza pública y/o convocar a un cerrajero en caso de ser estrictamente necesario y que deberían adoptarse los recaudos que fueren necesarios para la preservación del lugar.
También solicitó la requisa y el secuestro la camioneta VW Amarok, del VW Polo y del Fiat Uno relacionados con Rivero, la inhibición general de bienes, el bloqueo, inmovilización y congelamiento de cuentas bancarias y cajas de seguridad de su propiedad.
Inchausti remarcó que las maniobras investigadas se desarrollaban en un espacio de dominio público municipal cuya explotación fue autorizada mediante permisos precarios que, según se desprende de la pesquisa, se encontrarían vencidos.
“Considerando que la infraestructura del predio presenta deficiencias críticas en materia de seguridad e higiene o salud pública (vgr. conexiones eléctricas clandestinas, falta de elementos contra incendios, deterioro generalizado en rampas, pasillos y estructuras, carencia de medios de evacuación, señalética, matafuegos, existencia de desechos orgánicos e inorgánicos en gran cantidad, falta de servicios oficiales de agua y cloaca, etc), producido el allanamiento, dese intervención a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón, a través de la preventora, a los efectos que correspondan”, concluyó.
Leé también
Temas
Lo más
leído

