La Justicia ratifica la inconstitucionalidad del Sistema de Reconocimiento Facial de Rodríguez Larreta

Un nuevo fallo de camaristas porteños sostiene que el sistema de vigilancia que se pretende poner en marcha en Mar del Plata se gestionó en la Ciudad de Buenos Aires fuera de la normativa vigente y sin mecanismos de control.

Mar del Plata aprobó hace ocho meses del sistema pero aún espera por su implementación.

29 de Abril de 2023 11:34

Por Redacción 0223

PARA 0223

Mientras Mar del Plata sigue sin novedades de su implementación, se conoció en las últimas horas un dictamen de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de Capital Federal que confirma la inconstitucionalidad del sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos mediante datos biométricos implementado por el gobierno de Horacio Rodríguez Larreta.

La Sala I de la Cámara de Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires rechazó un recurso del gobierno porteño contra la declaración de inconstitucionalidad del sistema SRFP. En abril de 2022 se había dictado una medida cautelar y luego una sentencia de primera instancia a favor de la acción de amparo promovida por el Observatorio de Derecho Informático Argentino (ODIA), a la que luego se sumaron particulares, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y numerosas entidades que se presentaron como “amicus curiae” (amigos del tribunal).

Al declarar la inconstitucionalidad del SRFP, la jueza de primera instancia Elena Amanda Liberatori aludió a la participación ciudadana como principio rector reconocido en el Sistema Integral de Seguridad Pública de CABA y que “el artículo 495 bis de la Ley 5.688 creó la Comisión Especial de Seguimiento de los Sistema de Video Vigilancia”. Entonces, la magistrada remarcó que la puesta en funcionamiento se hizo “sin cumplir con los recaudos legales de protección de los derechos personalísimos de los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires”, según consignó Página/12.

Al iniciar el pedido de amparo, los accionantes sostuvieron que el SRFP afecta, entre otros, los derechos a la intimidad, de reunión, a la no discriminación, la libertad ambulatoria y la presunción de inocencia. El CELS indicó que la operación del sistema dio lugar a la “puesta a disposición de la Justicia de 1648 personas” con “un total de 141 ‘falsos positivos’, es decir, individuos que no tenían orden de captura, pero fueron detenidos arbitrariamente en base a un error de la herramienta tecnológica”.

El gobierno porteño se defendió planteando que la implementación del SRFP era una decisión tomada dentro de sus facultades y aclarando que el sistema no tenía capacidad para identificar los datos biométricos de 45 millones de individuos y que no reconocía personas que no estuvieran contenidas dentro de la base de datos de prófugos. Destacó además que esa era una base de datos pública dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación, donde la Justicia Federal, Nacional, de la ciudad y de las provincias volcaban los registros de pedidos de captura sobre prófugos.

La Sala I de la Cámara consideró que la falta de mecanismos de control “cuya implementación no se ha producido aún de modo cabal; o cuya intervención ha sido tardía o se ha visto demorada por circunstancias imponderables (pandemia) o por omisiones de las autoridades competentes, trasunta un incumplimiento de preceptos jurídicos y, consecuentemente, una vulneración del principio de legalidad”.

Los camaristas Pablo Mántaras, Fabiana Schafrik y Carlos Balbín agregaron que “no obstante, no es posible afirmar (con la certeza que exige la declaración de inconstitucionalidad de las normas) que el funcionamiento del SRFP no resulte eficiente si este estuviera sometido a todas las fiscalizaciones que las normas especiales y generales prevén”.

¿Qué pasa en Mar del Plata?

El 25 de agosto, el Concejo Deliberante de Mar del Plata aprobó la implementación del software de seguridad a partir del pedido que impulsó el intendente Guillermo Montenegro. Sin embargo, todavía no hay certezas sobre cuándo comenzará a funcionar en algunas cámaras públicas de la ciudad.

La demora responde a la falta de avances que acusan autoridades locales en el convenio que se debe firmar con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación para poder acceder a una base de datos que dispone de los rostros de las personas prófugas. “Nosotros ya estamos elaborando los pliegos para llamar a licitación pero el Ministerio de Justicia todavía no nos dio la base con los prófugos y eso es lo que nos está complicando”, apuntaron días atrás fuentes del Ejecutivo, en diálogo con 0223.

El reciente fallo de Caba no tiene impacto en lo que sucede en Mar del Plata no solo por motivos obvios de jurisdicción sino porque el sistema de Reconocimiento Facial se prevé implementar con otra modalidad.

El Concejo incorporó, en este sentido, distintos aspectos tendientes a brindar garantías de un uso transparente del software, al remarcar que toda la información no relevante deberá ser “inmediatamente descartada”. También se pusieron más condicionamientos para limitar el potencial uso inadecuado del sistema: los concejales reclamaron un Protocolo Integral de Administración, un Programa Logístico y la convocatoria a un Comité de Ética integrado por funcionarios judiciales, académicos, ediles y el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi), entre otros actores.