Prohíben salir del país al expolicía Ricardo Panadero hasta que se conozca la sentencia

Lo resolvió el Tribunal Oral en lo Criminal N°4 tras el pedido de la fiscal Ana María Caro. El veredicto se conocerá el miércoles de la próxima semana.

Ricardo Panadero es juzgado por segunda vez.

9 de Mayo de 2023 12:33

Por Redacción 0223

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En sintonía con el pedido que la fiscalía hizo al término de los alegatos la semana pasada, el Tribunal Oral en lo Criminal N°4 le prohibió al exsargento de la policía bonaerense Ricardo Panadero, acusado por el abuso sexual y crimen de Natalia Melmann el 4 de febrero de 2001 en Miramar, ausentarse más de veinticuatro horas de su casa o salir del país hasta la lectura del veredicto y sentencia previsto para el miércoles 17 de mayo.

El debate se hizo en el TOC N°4.

Luego de solicitar que Panadero sea condenado a la pena de prisión perpetua como coautor del secuestro, abuso sexual y abuso de la menor, la titular de la fiscalía descentralizada de General Alvarado pidió que en virtud de la pena en expectativa se arbitraran medidas para garantizar la presencia del imputado esa jornada en Tribunales.

El pedido de pena y la calificación penal del hecho fue compartido a su turno por los abogados Federico Paruolo y Yamil Castro Bianchi, representantes en calidad de particular damnificado de los padres de la víctima, Gustavo Melmann y Laura Calampuca. Por su parte, la defensa de Panadero, a cargo de Lautaro Resúa, pidió la absolución del expolicía.

Tras las últimas palabras en las que Panadero pidió que se hiciera justicia, los jueces Néstor Conti, Juan Galarreta y Mariana Irianni debatieron el pedido fiscal y resolvieron comunicar verbalmente la decisión a las partes.

Panadero fue juzgado entre el martes y el viernes por el secuestro, violación y asesinato de Natalia Melmann, hecho que ocurrió el 4 de febrero de 2001 en la localidad vecina de Miramar y por el que el acusado ya fue absuelto en un primer debate en 2018.

La fiscal pidió a los miembros del tribunal que, aunque el femicidio no existía como agravante al momento del hecho, la prueba presentada en el juicio y durante la investigación "sea valorada a través del prisma de la perspectiva de género". Entre los elementos incorporados, Caro destacó el examen de ADN de un vello pubiano hallado en el cuerpo de la víctima, que arrojó una compatibilidad del 97,05 con el perfil genético de Panadero.