Los puntos claves de la desregulación de las obras sociales que impulsa el gobierno nacional

Desde el inicio de una contratación laboral, el empleado podrá optar por derivar los aportes a la obra social o prepaga que quiera. Será autorizado a través de la reglamentación del MegaDNU.

El nuevo sistema para las obras sociales y prepagas comenzaría a funcionar el 1ro de abril. Foto de archivo.

20 de Febrero de 2024 13:40

Por Redacción 0223

PARA 0223

El gobierno del presidente Javier Milei informó este lunes la reglamentación del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 para posibilitar a los trabajadores derivar sin restricciones sus aportes a la obra social o empresa de medicina prepaga que elijan desde el inicio de su contratación.

El anuncio lo hizo el vocero presidencial Manuel Adorni quién, durante su habitual conferencia de prensa en Casa de Gobierno, adelantó la pronta publicación en el Boletín Oficial de la reglamentación del 70/2023, donde se establecen los cambios.

La reglamentación, aclaró, "busca terminar con la obligatoriedad de darte de alta en un empleo y quedar preso en la obra social que corresponda al sindicato que te nuclea", explicó, y afirmó que "el objetivo es darle libertad de elección a los beneficiarios e impulsar la libre competencia entre obras sociales y prepagas".

Los puntos claves del nuevo sistema que busca el gobierno nacional:

1. El paso administrativo siguiente que dará el gobierno es la publicación de la reglamentación de la desregulación de las obras sociales, contenida dentro del DNU 70/23. Por ello, el nuevo marco normativo podría ser dado de baja en un futuro, a la espera que la Justicia Federal falle sobre los planteos de inconstitucionalidad del DNU, como así también aún resta su convalidación en el Congreso.

2. Ahora, los trabajadores podrán elegir entre afiliarse a una obra social o contratar los servicios de una empresa de medicina prepaga. Desde el Gobierno aclararon que los beneficiarios "podrán elegir una obra social o prepaga sin ningún tipo de intermediación" y que "podrán ejercer el derecho de libre elección una vez al año, en cualquier momento desde el inicio de la relación laboral".

3. Con el nuevo sistema, dejará de ser obligatorio que el beneficiario permanezca por un año en la obra social de su actividad al ser dado de alta por el empleador.

El vocero presidencial Manuel Adorni dio detalles sobre la reglamentación del DNU 70/23.

4. La norma elimina la obligación de triangular los aportes con una obra social a los trabajadores que quieren contar con los servicios de una prepaga.

5. El gobierno explicó que el objetivo central es beneficiar a los afiliados, dándole libertad de elección donde el dinero que hoy reciben las obras sociales sindicales pase a “pertenecer a los aportantes” en beneficio de la cuota que pagan. La decisión también se enmarca en la pelea de fondo entre el gobierno de Javier Milei y los sindicatos, una relación que quedó resquebrajada luego del paro nacional que la CGT llevó a cabo el 24 de enero pasado y que, día tras día, suma declaraciones de confrontación.

6. Se crea una categoría llamada Entidades de Medicina Prepaga dentro de la Ley 23.660 que regula las obras sociales. A su vez, la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) impulsó la clasificación como agentes del seguro a las obras sociales nacionales, independientemente de su tipo o denominación, en el marco de la Ley 23.661 del Sistema Nacional del Seguro de Salud.

7. Las personas que estén dentro del sistema de salud privada continuarán acogiéndose a los contratos vigentes con sus prepagas. Igualmente, todos podrán optar entre obras sociales o prepagas.

8. Los jubilados tendrán la posibilidad de optar entre una obra social y prepaga. Las entidades formarán parte del Sistema Nacional del Seguro de Salud y destinarán sus recursos en forma prioritaria a estas prestaciones

9. El Ejecutivo establecerá un proceso de adaptación, por lo que se estableció que la reglamentación comenzará a regir desde el “primer día del segundo mes siguiente a su publicación en el Boletín”. Es decir, desde el 1ro de abril.

10. La SSS no establecerá precios de las cuotas ni habrá tarifas mínimos obligatorias, por lo que quedará librado a la decisión de las prepagas.