Lo acusaron de abusar a la hija, estuvo preso, presentaron un juicio abreviado y lo absolvieron

Los hechos imputados ocurrieron entre 2015 y 2019 en la ciudad de Miramar. El Juez sostuvo que “no se produjo prueba capaz de superar” el estado de duda. La fiscalía apelará la decisión.

El acuerdo se presentó en Tribunales. (Foto ilustrativa: archivo 0223).

21 de Marzo de 2024 08:01

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre acusado de abusar sexualmente de su hija, que estaba detenido y cumplía arresto domiciliario fue absuelto tras la presentación de un acuerdo de juicio abreviado porque entendieron que la prueba producida durante la investigación penal preparatoria no alcanzaba para superar el estado de duda.

Resolución del juicio abreviado.

En la presentación del acuerdo que se hizo al Tribunal Oral en lo Criminal N°3, la fiscal Ana María Caro reiteró su línea de trabajo que ubicó a E.M.B. –sus datos completos no se revelan para no identificar a la víctima- como el autor de reiterados abusos entre 2015 y 2019 que sufrió su hija que cuenta actualmente con 16 años. Los mismos consistieron en tocamiento impúdicos y, en el tramo final de los hechos, accesos vía vaginal y anal.

La defensa del imputado, a cargo del abogado penalista Raúl Ruiz, insistió desde el principio de la causa en que la misma se resolviera a través de un juicio por jurados. Sin embargo, a partir de la pena pactada en el acuerdo, del tiempo que había pasado preso y del cumplimiento actual de la modalidad de arresto domiciliario, aceptó, tras la aprobación de su cliente, en presentarlo.

En los acuerdos de juicio abreviado el Juez tiene la facultad, de acuerdo al análisis de la prueba presentada, de condenar a la pena pactada por las partes, bajar la misma o absolver. En la inmensa mayoría de los casos sucede la primera opción y se validan de la misma manera que se presentaron, pero en esta oportunidad el análisis exhaustivo de los elementos probatorios no permitió para el Juez Juan Manuel Sueyro “superar ese estado de duda”.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223, el magistrado señaló que no había dictámenes periciales ni declaraciones de quienes estaban en condiciones de aportar datos útiles y permanentes. “Una sentencia condenatoria exige más que una representación huérfana de argumentos. No tengo suficiente y debo resolver en forma absolutoria más allá de mi sospecha”, señaló.

Juez Juan Manuel Sueyro. (Foto: archivo 0223).

Tras la absolución, se dispuso la libertad del imputado que se hizo efectiva mediante el retiro del dispositivo de control por parte de la Dirección de Monitoreo Electrónico. La fiscalía ya adelantó que apelará la medida y deberá cumplir la presentación en los próximas dos semanas.

“No tengo conocimiento de decisiones como estas en el Departamento Judicial Mar del Plata, quizás de alguna disminución de la pena, pero no de absolución”, le dijo el abogado defensor a este medio.

Para Ruíz, en esta ocasión y tal como plantea el Código, se ha evaluado como corresponde la prueba recolectada durante la Instrucción Penal Preparatoria y se analizó a consciencia. “Se valoró la tarea que realizamos en un proceso en el que citamos cuatro veces a la madre de la adolescente que nunca se presentó hasta que vino traída por la fuerza pública”, agregó.

“Existieron siempre muchas dudas, incluso había existido una denuncia anterior sobre un tío abuelo, no se tomaron declaraciones a otros miembros de la familia y nunca hubo plena prueba de que los hechos ocurrieron como los presentaron”, concluyó.