La condenaron por narcomenudeo y le dieron una salida transitoria mensual de doce horas
Su tutor debe llevarla de la Unidad Penal N°50 a su domicilio. El vencimiento de la pena impuesta a Vaneas Andrea Acierno es en julio de 2027.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Una mujer condenada a seis años de prisión por el delito lito de tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo podrá tener una salida transitoria mensual de doce horas tras la resolución que tomó la Justicia Federal de Mar del Plata.
El 25 de noviembre pasado el Tribunal Oral en lo Criminal N°4 resolvió morigerar la medida de coerción recaída respecto a Vanesa Andrea Acierno e incluirla en el régimen abierto Casas Por Cárceles del complejo penitenciario de Batán. Tal como informó en su momento este medio, la medida no se hizo efectiva en razón de encontrarse privada de la libertad a disposición conjunta del Tribunal Oral Federal.
El 10 de septiembre 2024 la Justicia Federal condenó a Acierno a la pena de seis años de prisión de efectivo cumplimiento y del cómputo de pena practicado, surgió que el vencimiento de la pena impuesta a su respecto operará el 8 de julio de 2027.
En ese momento se hizo foco en la diferencia de jurisdicciones y consideró que “convalidar la entrada en escena de las normativas de provincia en el fuero federal, conllevaría a invadir atribuciones exclusivas del Congreso Nacional y a distorsionar el programa aplicable –federal- de la Constitución en materia pena”.
“Tal invasión, se evidencia en pretender promover a la causante a un régimen abierto que -per se- conlleva el usufructo de salidas transitorias, bajo una modalidad distinta a la ley de Ejecución de la pena privativa de libertad aplicable”, agregaba la resolución.
En consideración que el 30 de junio pasado se resolvió adelantar en 13 meses la incorporación a la primer fase del régimen preparatorio para la liberación con una correcto cumplimiento de las pautas impuestas y la característica fundamental de progresividad que supone del tratamiento penitenciario, se la incorporó a la segunda etapa y se concedió una salida transitoria mensual.
En la resolución a la que tuvo acceso 0223 se estableció que la misma será con acompañamiento de su tutor conductual y que la misma se hará por doce horas desde la Unidad Penal N°50 de Batán hasta el domicilio denunciado. El Juez Roberto Minguilón aclaró que la medida se dio “bajo apercibimiento de revocar las salidas otorgadas y todo beneficio que viniera gozando al día de la fecha”.
Leé también
Temas
Lo más
leído