Proponen limitar concesiones de playas para evitar monopolios
El oficialismo del Concejo Deliberante de Mar del Plata presentó un proyecto para que concesionarios de dos o más playas no puedan participar en futuras licitaciones de Unidades Turísticas Fiscales (UTF). La meta es asegurar la competencia leal en los 47 kilómetros de costa.
Por Redacción 0223
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En un movimiento clave para el futuro de la gestión costera, el oficialismo del Concejo Deliberante de Mar del Plata presentó un proyecto de ordenanza destinado a “prevenir la concentración económica” y “promover la competencia leal” en las licitaciones de balnearios.
La iniciativa, impulsada por el concejal Daniel Núñez (UCR), busca democratizar el otorgamiento de concesiones en los 47 kilómetros de costa del municipio.
La norma propuesta establece una regla fundamental: concesionarios que ya posean dos o más playas bajo su administración no podrán participar en futuras licitaciones para la adjudicación y explotación de Unidades Turísticas Fiscales (UTF).
Núñez explicó que el objetivo es “establecer reglas claras y equitativas” que impidan que el “privilegio” de explotar una UTF quede “en pocas manos o se transforme en posiciones dominantes contrarias al interés colectivo”. El acceso a estas oportunidades económicas debe ser “plural, transparente y competitivo”.
El propósito central de esta legislación es “evitar la monopolización en la explotación de bienes públicos” y asegurar que los beneficios contribuyan a un desarrollo equilibrado y sostenible del frente costero del Partido de General Pueyrredon.
El proyecto encuentra sustento legal en el artículo 42 de la Constitución Nacional, que garantiza el derecho a una “competencia libre y leal” y exige a las autoridades “prevenir monopolios y prácticas restrictivas que afecten al interés general”. Además, se menciona la Ley Nacional 25.156 de Defensa de la Competencia.
Para evitar la elusión del límite, la ordenanza define de manera amplia quién es considerado titular o explotador de una UTF, incluyendo aquellos que:
1. Formen parte de un mismo grupo económico con control sobre la explotación de más de una concesión.
2. Posean una participación accionaria igual o superior al 25% en la persona jurídica concesionaria de otra UTF.
3. Mantengan vínculos societarios, contractuales o familiares (hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad) que impliquen una participación o control conjunto en la explotación.
4. Hayan celebrado acuerdos como cesión, fideicomisos o cualquier otro contrato que les otorgue, de hecho o de derecho, la administración o explotación de más de una UTF.
Para verificar el cumplimiento, todo oferente deberá presentar una declaración jurada junto con su propuesta económica. Esta declaración debe detallar la composición societaria, las participaciones accionariales directas e indirectas, y los vínculos contractuales relevantes para constatar “la inexistencia de control o influencia sustancial sobre otras concesiones”.
El proyecto subraya que la norma no busca revisar situaciones pasadas. Las concesiones adjudicadas con anterioridad a la eventual aprobación de la ordenanza no se verán afectadas por sus disposiciones. Sin embargo, la normativa será aplicable si estos contratos intentan renovarse, ampliarse, prorrogarse o transferirse superando el límite máximo establecido.
En caso de que se intente eludir esta prohibición, el municipio tiene facultades claras para actuar:
• Si la elusión se detecta durante el procedimiento licitatorio: se dispondrá la “inmediata exclusión del oferente”.
• Si el incumplimiento se verifica durante la ejecución del contrato: se establecerá la caducidad de la concesión, y esto será sin derecho a indemnización.
El concejal Núñez enfatizó que la norma “no busca revisar situaciones pasadas, sino preservar hacia adelante un principio de equidad distributiva, fomentando una participación diversa de oferentes y evitando la concentración de beneficios otorgados por el Estado”.
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