Un condenado y un absuelto por un crimen en una plaza de El Boquerón
Aaron Aquiles Andrada fue asesinado en septiembre de 2019. A Lucas Matías Sánchez le impusieron una pena de doce años de prisión y seguirá alojado en la Unidad Penal N°15 de Batán.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Los dos estaban acusados de matar a un joven de un escopetazo en el abdomen en la plaza de El Boquerón en septiembre de 2019. El destino de ambos fue diferente tras el juicio que se hizo en el Tribunal Oral en lo Criminal N°1: mientras que uno fue condenado a doce años de prisión, el otro fue absuelto luego de que la fiscalía retirara la acusación.
Lucas Matías Sánchez y Ramón Tomás Galbán llegaron al juicio imputados del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego de Aaron Aquiles Andrada hace cinco años y medio. Si bien la fiscal Romina Díaz fue quien llevó adelante la acusación, la investigación había estado a cargo del fiscal Juan Pablo Lódola, en aquel momento titular de la Unidad Funcional de Instrucción N°7.
Tras el debate, la fiscal Díaz sostuvo que no iba a formular acusación respecto de Ramón Tomás Galbán –defendido por el abogado penalista Horacio Mariano Ayesa- , toda vez que de las declaraciones testimoniales y demás pruebas producidas no surgía a su juicio probada la coautoría del acusado en el hecho intimado en su oportunidad procesal.
Fue el propio hermano de la víctima el que reconoció a Sánchez, pero no pudo hacer lo mismo con el otro sujeto porque sostuvo que “estaba encapuchado y no pudo verle el rostro”. El defensor adhirió a lo expuesto por el Ministerio Público Fiscal y destacó su objetividad en el caso juzgado.
En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 el Tribunal dio por acreditado que durante los primeros minutos del 30 de septiembre de 2019 en la plaza sita entre las calles 5, 7, 28 y 30 del Paraje "El Boquerón", dos personas de sexo masculino, munidos uno de ellos con una escopeta, efectuaron -al menos- un disparo contra Aaron Aquiles Andrada, el que le ocasionó seis heridas en la zona media de su cuerpo, provocándole la muerte horas más tarde.
La intervención de Sánchez quedó plenamente confirmada, más allá de los planteos de la defensora oficial Gabriela Mónaco, a partir de varios elementos. En tal sentido se destacó el testimonio del hermano de la víctima que recibió un audio de WhatsApp de Andrada diciendo que le habían pegado un tiro y que el autor era “El Zurdo”. Luego de salir de su casa, a unos cien metros del lugar, se cruzó con el imputado Lucas Sánchez que textualmente le dijo "Mové mové, para vos hay también".
Los jueces descartaron cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y atenuantes, aunque consideraron agravantes la nocturnidad y la pluralidad de victimarios, circunstancias que han facilitado tanto la ejecución del hecho, como la huida y la impunidad. En igual sentido consideraron el estado de ebriedad notorio en que se hallaba la víctima que mermó su capacidad de reacción y defensa.
El Tribunal absolvió libremente a Ramón Tomás Galbán (33) y condenó a Lucas Matías Sánchez (36) como coautor penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego a la pena de doce años de prisión, accesorias legales y costas.
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