Trece años de prisión por abusar de sus dos hijastras durante dos años

El monto de la pena y detalles de la sentencia se conocieron este miércoles. Al condenado le habían adelantado la decisión el viernes pasado cuando lo detuvieron en la sala del Tribunal.

La sentencia se conoció este lunes | Foto: Archivo 0223.

5 de Marzo de 2025 20:40

Por Redacción 0223

PARA 0223

El acusado de abusar sexualmente de sus dos hijastras de 6 y 9 durante 2018 y 2019 que había sido detenido tras la última audiencia del debate que se realizó en el Tribunal Oral en lo Criminal N°3 fue condenado a trece años de prisión y seguirá alojado en el complejo penitenciario de Batán.

Tiene 34 años.

Los jueces Juan Manuel Sueyro, Fabián Riquert y Federico Wacker Schroder –que el viernes pasado adelantaron el veredicto y pidieron la detención del hombre que llegó libre al juicio- condenaron a R.C.H. (34) como autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual agravado por ser la víctima menor de 18 años y por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente y abusos sexual simple agravado por ser la víctima menor de 18 años y por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente.

Para los magistrados los hechos fueron cometidos entre 2018 y 2019 –aunque no se pudo precisar la fecha exacta- y tuvo como víctimas a las dos hermanas. En virtud de que la detención se hizo efectiva el viernes pasado como adelantó 0223, se declaró con carácter provisorio que la pena de trece años de prisión va a vencer el 27 de febrero de 2038.

En la sentencia a la que tuvo acceso este medio el Tribunal sostuvo que la responsabilidad de R.C.H. surgió claramente “de las imputaciones directas que le han formulado las víctimas, las que fueron corroboradas objetivamente”. Junto a esos elementos valoraron el indicio de oportunidad para delinquir que deriva de la constatación de que, a la fecha de los hechos, el imputado vivía junto a las niñas y se quedaba al exclusivo cuidado de éstas cuando su madre se iba a trabajar.

Los jueces descartaron cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y valoraron como atenuante la ausencia de antecedentes penales y el buen concepto que reseñaron los testigos. En cuanto a los agravantes consideraron la multiplicidad de abusos, su reiteración y el daño ocasionado en su salud a las víctimas.

Tal como se escuchó en el debate, los ataques quedaron al descubierto cuando una vecina se acercó a la plaza del barrio porque una de sus hijas le dijo que una amiga estaba llorando. La mujer expresó que la niña no podía dejar de llorar y en ese momento su hermanita dijo que “el papá le había puesto el pito en la cola".

Como las niñas dijeron que le habían contado lo sucedido a la mamá y ella no les creía, esa vecina llamó a la policía y acompañó a las nenas a la comisaría luego de que vieran llegar al imputado en bicicleta y lo bajaran a trompadas.