Se viene el aguinaldo en junio: cuándo se cobra y cómo se calcula el monto
El ingreso adicional, establecido por ley, representa un alivio económico para los empleados en relación de dependencia.
Por Redacción 0223
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Junio se presenta como un mes fundamental para los trabajadores formales, ya que trae consigo el cobro del medio aguinaldo, también conocido como Sueldo Anual Complementario. El ingreso adicional, establecido por ley, representa un alivio económico para los empleados en relación de dependencia, tanto del sector público como privado, y también para jubilados y pensionados que integran el sistema estatal.
La normativa nacional establece que el SAC se abona en dos cuotas anuales, la primera en junio y la segunda en diciembre. En 2025, el pago correspondiente a la primera mitad del año deberá efectuarse hasta el lunes 30 de junio, la fecha límite dispuesta por la legislación vigente. Sin embargo, algunos empleadores pueden adelantar su acreditación dentro del mismo mes, dependiendo de sus políticas internas y hasta sus convenios colectivos.
El cálculo del aguinaldo se basa en el mejor sueldo bruto del semestre, es decir, el ingreso más alto percibido entre enero y junio. A partir de ese valor, se toma el 50% como monto correspondiente al SAC. Por ejemplo, si el mayor sueldo bruto mensual en ese período fue de $200.000, el aguinaldo será de $100.000, que se percibirá como un extra al salario habitual de cada período.
En el caso de los trabajadores que no hayan prestado servicios durante todo el semestre, ya sea por haber ingresado recientemente o haber estado en licencia sin goce de sueldo, el aguinaldo se calcula de forma proporcional. Para ello, se toma el 50% del mejor sueldo mensual, se divide por seis y se multiplica por la cantidad de meses efectivamente trabajados en ese lapso.
El beneficio, por supuesto, incluye a una amplia gama de trabajadores:
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- Trabajadores estatales de todas las jurisdicciones
- Personal del servicio doméstico formalizado
- Jubilados y pensionados del sistema nacional
- Contratados con régimen temporal o parcial, siempre que estén debidamente registrados
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