Dan arresto domiciliario a acusado de abusar sexualmente a su sobrina
La causa fue elevada a juicio y lleva más de un año detenido. Será monitoreado de forma electrónica y no puede tener contacto con la víctima y su núcleo familiar.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Un hombre acusado de abusar sexualmente de su sobrina entre 2022 y 2024 en el barrio La Herradura seguirá cumpliendo la prisión preventiva con arresto domiciliario y monitoreo electrónico a la espera del desarrollo del juicio. La medida se resolvió tras la audiencia que se desarrolló en el Tribunal Oral en lo Criminal N°3.
En el marco de una causa en trámite en la Unidad Funcional de Instrucción N°1 a cargo de Florencia Salas, el año pasado detuvieron a P.C.C. –sus datos completos no se dan para no identificar a la víctima- acusado de abusar sexualmente y con acceso a carnal a su sobrina desde que tenía 9 años hasta los 11.
En la audiencia donde se definió que el juicio –con fecha a confirmar- tendrá una duración de dos jornadas, la defensa del imputado a cargo del abogado Matías Quiñones fundamentó el pedido de arresto domiciliario en que el hombre era el sostén económico del hogar, los informes socio ambientales presentados, la falta de peligros procesales y el buen concepto registrado durante su detención en el complejo penitenciario de Batán.
La fiscalía consintió el arresto domiciliario con control de monitoreo electrónico y solicitó como medida restrictiva que el imputado ni sus allegados se pongan en contacto con la familia de la víctima por cualquier medio, en razón de que la víctima le ha transmitido que tiene miedo, que está con tratamiento psicológico producto del hecho.
El Juez Juan Manuel Sueyro consideró que en virtud de los argumentos expresados por el Defensor y el consentimiento expresado por el Agente Fiscal corresponde otorgar la morigeración de la prisión preventiva. En tal sentido consideró el año y dos meses que el interesado lleva en detención cautelar, la buena conducta registrada en el ámbito carcelario, por el resultado positivo de la pericia social realizada, por las recomendaciones contenidas en el legajo criminológico y por la necesidad de contribuir al mantenimiento familiar asumiendo el cuidado de los niños mientras su señora procura ser el sustento.
En la resolución a la que tuvo acceso 0223 se estableció que P.C.C. deberá abstenerse de egresar sin previa autorización de la vivienda y de contactar personalmente o por el medio que sea a la víctima y sus familiares directos.
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