Un preso y un agente penitenciario comercializaban droga dentro de la cárcel: los condenaron a ocho años de prisión

Fue el último juicio abreviado de 2025. Los hechos quedaron al descubierto en octubre de 2023. Se resolvió en el Tribunal en lo Criminal Nº 1.

Complejo penitenciario de Batán.

1 de Enero de 2026 19:47

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un interno de la Unidad Penal N°15 de Batán y su cuñado que trabajaba como agente del Servicio Penitenciario Bonaerense fueron condenados a penas de seis años y medio y ocho años, respectivamente, tras la validación de un acuerdo de juicio abreviado por la tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y el suministro a título oneroso doblemente agravado.

Según el acuerdo que el fiscal de Estupefacientes Pablo Cistoldi presentó al Tribunal Oral en lo Criminal N°1 se dio por probado que la tarde del 10 de octubre de 2023 durante una requisa del sector talleres Área II se constató que Ricardo Daniel Guzmán Acosta tenía en el interior de su mochila 136,7 gramos de cocaína fraccionado en 17 envoltorios de nylon y 64,3 gramos de marihuana.

Fiscal Pablo Cistoldi.

Para los investigadores esa mochila con la droga fue entregada entre las siete y media de la mañana y las dos de la tarde de ese día por el suboficial mayor Fabián Esteban Astete del SPB. Dos semanas después la casa del funcionario fue allanada y hallaron con la evidente finalidad de ser comercializados en el establecimiento carcelario donde presta funciones, un total de 56,8 gramos de cocaína y 84,8 gramos de marihuana y tres balanzas de precisión en funcionamiento.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 se indicó que tras analizar todas las constancias referidas “es factible tener por acreditada la ultrafinalidad de la detentación del material estupefaciente, ya que si bien Astete intentó brindar una explicación acerca del origen de las sustancias, esta no ha podido ser mínimamente corroborada -no sólo no efectuó ninguna denuncia penal al respecto- sino que el mismo admite que el suministro se produjo en más de una ocasión, y por otro lado, sus dichos difieren de la versión expuesta por cuñado”.

La Jueza Paula Soulé descartó eximentes de la responsabilidad penal, atenuantes ni agravantes más allá del pedido fiscal de considerar, respecto a Guzmán, los antecedentes de condena.

Ocurrió en la Unidad Penal N°15 de Batán.

A Fabián Esteban Astete lo declararon autor penalmente responsable de los delitos suministro de estupefacientes a título oneroso doblemente agravado por la calidad de funcionario público y su comisión en un lugar de detención y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización por un funcionario público encargado de la guarda de presos y en perjuicio de éste a ocho años de prisión.

Por su parte Ricardo Daniel Guzmán Acosta fue declarado autor penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada por su comisión en un lugar de detención y se lo condenó a seis años y medio de prisión. En virtud de una condena anterior se lo declaró reincidente.

Con carácter provisorio se declaró que la pena de Guzmán Acosta vencerá el 9 de abril de 2030 y el de Astete el 23 de octubre de 2031.