Compró un celular, no funcionaba y no tuvo respuesta: diez años después le pagarán 11 millones de pesos

La extensa causa se resolvió esta semana en el Juzgado Civil y Comercial Nº12. La media alcanza al local vendedor, la fabricante del equipo y la empresa que daba servicio.

Lo compró en enero de 2016

10 de Abril de 2026 21:23

Por Redacción 0223

PARA 0223

La historia de la compra fallida de un celular y los inconvenientes para su reparación posterior que empezó con la adquisición el 2 de enero de 2016 tuvo un final esta semana cuando la Justicia Civil y Comercial condenó al local donde lo compró, a Samsung Argentina y Telecom Argentina a pagar once millones y medio de pesos.

F.I.B. adquirió el celular Samsung A3 de color negro en un local de Buscom -representante oficial de Telecom Personal S.A. – y allí solicitó la portabilidad de su número desde Movistar a la empresa Personal. En dicho acto se le informó que el detalle de la compra del teléfono y su número de factura vendría con el siguiente resumen del abono mensual, pero denunció que eso nunca sucedió y que solamente le dieron un recibo simple.

Según la denuncia que hizo a través del abogado Juan Manuel Baya Casal, le dieron el equipo apagado porque no tenía batería y debía cargarlo hasta que el mismo tenga su carga total: al llegar a su casa y tratar de realizarlo, descubrió que jamás inicio la carga, por lo que llevó el celular al local y le dieron otro del mismo modelo y color plateado.

Se resolvió esta semana.

Ese equipo cargó, pero también presentó problemas como ruido constante, se “tildaba” y la batería se agotaba, por lo que intentó repararlo bajo garantía. Allí el service le dijo que el equipo no estaba a su nombre y le dio un “muleto” temporal que tampoco funcionaba correctamente.

En ese momento comenzaron los reclamos de F.I.B. ante Buscom, Telecom Personal y Samsung, y también ante la Oficina Municipal del Consumidor: todos sin éxito.

Según la sentencia del Juzgado Civil y Comercial Nº12 a la que tuvo acceso 0223, la empresa de comunicaciones alegó falta de legitimación pasiva y que no vendió directamente el equipo, por lo que negó responsabilidad sobre los desperfectos del celular. En el caso de Samsung indicaron prescripción de la acción y que el equipo presentado problemas por uso indebido o daños ajeno, mientas que desde el local negaron irregularidades y argumentaron que el equipo se entregó y activó correctamente.

Sin embargo, la pericia informática confirmó que el equipo negro nunca funcionó y que la anomalía coincidía con la denuncia; el informar contable verificó pagos y reparaciones, coincidiendo con las fechas y montos reclamados. A partir de las testimoniales se estableció que Buscom actuaba como agente de ventas de Telecom y que Samsung tenía relación contractual con el service oficial.

Lo pagó en varias cuotas.

El Juez Bernardo Diez sostuvo que existía una relación de consumo entre F.I.B, y los demandados, aplicable el Código Civil y Comercial de la Nación y Ley 24.240, con principio protector al consumidor, por lo que los proveedores y toda la cadena comercial responden solidariamente por defectos o falta de información.

Tras acreditar falta de información, abuso de posición dominante y violación de los derechos del consumidor por parte de Buscom, Telecom y Samsung, se distinguieron gastos concretos como traslados, compra del equipo y daño moral.

El magistrado rechazó la excepción de prescripción opuesta por Samsung Electronics Argentina S.A., la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por Telecom Personal S.A. (hoy Telecom Argentina S.A.) e hizo lugar a la demanda intentada por F.I.B. y condenó a abonar casi cuatro millones y medio de pesos y el equivalente a tres canastas básicas totales para el hogar 3 que publica el INDEC, por lo que el monto total, junto a los intereses, llega a los once millones de pesos.