Mató a una mujer durante un robo hace doce años: rechazaron darle una salida extraordinaria para que vaya a ver a la hija

Lo resolvió la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías al sostener que no están dadas las exigencias legales para habilitar un egreso excepcional.

El crimen ocurrió en febrero de 2014. (Foto: archivo 0223).

4 de Mayo de 2026 20:53

Por Redacción 0223

PARA 0223

La defensa de uno de los tres condenados por el homicidio de una mujer durante un robo en su casa en febrero de 2014 le pidió a la Justicia una salida extraordinaria para que pueda ir a ver a su hija en España porque sufre una patología crónica compleja: este lunes la Cámara de Apelación y Garantías confirmó el rechazo que había hecho la Justicia de Ejecución Penal al considerar que no están dadas las exigencias legales para habilitar un egreso excepcional.

Fernando Damián Morales cumple la pena de 19 años y 11 meses de prisión, accesorias legales y costas del proceso por ser coautor penalmente responsable del delito de homicidio en ocasión de robo perpetrado en Mar del Plata el 2 de febrero del año 2014 en perjuicio de Delicia del Valle Sotelos que vence el 1 de enero de 2034.

La resolución fue de Sala 1.

Tal como informó en su momento 0223, los delincuentes arrojaron una pelota al patio y se quedaron esperando la salida de la dueña de la casa. Cuando la víctima salió a ver lo que sucedía, fue reducida por los sujetos que tras golpearla, la hicieron ingresar.

Sin posibilidad de distinguir sus roles durante el hecho, los delincuentes le dieron a la mujer un golpe en la cabeza haciéndola caer al piso, ataron sus muñecas con un cable y colocaron en la cara un paño que le obstruyó la vía aérea. Esa última circunstancia, junto a la presión ejercida sobre el pecho, ocasionó el deceso de la mujer por asfixia mecánica.

Los tres autores fueron condenados.

Tras el rechazo en primera instancia del pedido que hizo el abogado penalista Pedro Martín Casas, los jueces Gastón de Marco y Leandro Favaro señalaron que no desconocían la patología grave que padece la hija menor de Morales, pero que los motivos alegados para el viaje no lucían razonables.

“No podemos soslayar que la joven de 14 años nació el 08/03/2012 en España y que Morales se encuentra detenido en la UP 15 de Batán en el marco de estas actuaciones desde el mes de febrero del año 2014 (hace más de doce años); por lo que aquél vínculo o rol fundamental que supuestamente ejercería el penado en la vida de la niña, no luce consolidado; no se vislumbra un lazo familiar de hecho estable o fortalecido que torne verosímil la necesidad de su presencia en aquél país, toda vez que la relación afectiva real con la misma, quizás mantenida vía telefónica durante todos estos años, no abastece las exigencias legales para habilitar el egreso excepcional”, señalaron.

“En función de ello, la salida de Morales de la unidad carcelaria para viajar al exterior -máxime, sin mecanismos electrónicos de seguridad ni medidas eficaces para neutralizar el riesgo de fuga- con el fin de acompañar a la niña durante su enfermedad, cuando ésta se encuentra al cuidado de su madre y tiene un grupo familiar más cercano que puede asistirla y contenerla emocionalmente -compuesto por su abuela materna y sus hermanos- no luce lógica ni procedente”, agregaron.

A partir de ese análisis, la Sala I confirmó la resolución dictada el pasado 10 de marzo que no hizo lugar a la salida excepcional solicitada en favor de Fernando Damián Morales.