Disparó a la casa de la ex y sus hijos: debe ir al psicólogo para evitar ir preso

Se resolvió tras un juicio en el Tribunal Oral en lo Criminal 4. Nicolás López deberá someterse al control del Patronato de Liberados durante dos años y medio.

El juicio se celebró en el TOC 4.

8 de Noviembre de 2019 20:24

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre de 41 años que en agosto del año pasado se presentó en la casa donde vivía la ex pareja con sus hijos adolescentes en Miramar, la amenazó y efectuó un disparo con una carabina fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional tras el juicio oral y público que se realizó en el Tribunal Oral en lo Criminal 4. Para mantener la ejecución condicional de la pena, Nicolás López deberá fijar domicilio, someterse al contralor del Patronato de Liberados y realizar un tratamiento psicológico.

El Juez Alfredo Deleonardis dio por probada la hipótesis del fiscal Daniel Vicente que ubicó al imputado –violando una orden de restricción de acercamiento dispuesta por la Justicia- en la puerta de la casa de la ex pareja en la calle 106 al 800 de la ciudad de Miramar. En su línea de trabajo, la fiscalía sostuvo que López amenazó a la mujer y a sus dos hijos adolescentes antes de efectuar un disparo con una carabina calibre .22.

Juez Alfredo Deleonardis. (Foto: archivo 0223).

López fue aprehendido poco después en su casa en la calle 15 al 5200 cuando aún tenía en su poder la carabina que se hallaba cargada con dos municiones y que portaba  sin contar con la autorización legal correspondiente.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223, el magistrado dio plenamente probada la responsabilidad del imputado en el hecho a partir de las testimoniales de las tres víctimas, las actuaciones policiales y las pericias realizadas a la vaina calibre .22 servida que fue hallada frente al domicilio.

Fiscal Daniel Vicente. (Foto: archivo 0223).

Deleonardis descartó cuestiones eximentes de la responsabilidad penal, valoró como atenuantes –tal lo pedido por su abogado Lautaro Resúa- la falta de antecedentes penales, el favorable concepto vecinal y la conducta posterior al hecho asumida por el imputado frente las víctimas,” no reiterando ningún tipo de conducta agresiva hacia ellos”.

 En cuanto a los agravantes tuvo en cuenta “el hecho de haber dirigido el imputado el acto de amedrentamiento contra sus propios hijos menores de edad y contra la madre de éstos (su ex-pareja durante ocho años); además, la nocturnidad elegida para la perpetración del hecho, en cuanto dotó a la conducta de mayor poder intimidatorio y, por último, que el delito se llevó a cabo violando una prohibición de contacto y acercamiento decretada por autoridad judicial”.

Abogado Lautaro Resúa. (Foto: archivo 0223).

El juez condenó a Nicolás López como autor penalmente responsable de los delitos de amenazas agravadas por el uso de armas y portación ilegal de arma de uso civil, en concurso ideal a la pena de dos años y seis meses  de prisión de ejecución condicional.

Durante el mismo plazo de la condena y para mantener la condicionalidad de la pena impuesta, en encausado deberá fijar residencia, someterse al control del Patronato de Liberados y “someterse a un tratamiento psicológico en el que se aborde la problemática de la violencia intrafamiliar, debiendo acreditar mensualmente su continuidad mediante la presentación de certificados expedidos por los profesionales a cargo del mismo”.