Tragedia en Mogotes: insisten en el sobreseimiento del administrador del edificio

A seis meses del hecho, la defensa hizo el pedido al comprobar divergencias entre el proyecto de obra y lo construido. Sostiene que hubo un “vicio oculto” por construcción defectuosa e irresponsable.

29 de Junio de 2019 08:04

Por Redacción 0223

PARA 0223

A seis meses de la caída de los balcones del edificio ubicado en Puán y Acevedo que provocó la muerte de una mujer de 35 años y su pequeña hija de 3, se aguarda el sobreseimiento del administrador del edificio luego de que su defensa planteara a través de varios informes técnicos la existencia de una importante divergencia entre lo planificado como proyecto de obra y lo finalmente construido.

Para el abogado Martín Bernat esos informes dan cuentan de “una incompatibilidad insalvable entre el cálculo de estructuras realizado y la construcción efectivamente llevada a cabo, sumado a serios errores de construcción en transgresión a la ciencia de la construcción”.

El profesional le solicitó hace dos meses al fiscal de Delitos Culposos que le pida a la Justicia de Garantías el sobreseimiento del administrador Jorge Bianchi al sostener “la indubitable existencia de certeza negativa en relación a cualquier tipo de responsabilidad penal de mi asistido en el hecho investigado”.

De tal forma, no existiendo razonablemente otros medios investigativos que puedan llevarse a cabo, y mucho menos que resulten de entidad suficiente para contrarrestar la enorme cantidad y calidad de prueba desincriminante reunida, se encuentran dadas las condiciones para el dictado del sobreseimiento pretendido”, fundamentó en su presentación.

En diálogo con 0223 Bernat sostuvo que Bianchi no incurrió en ningún tipo de imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo; sino que por el contrario “su actividad profesional como Administrador del consorcio de propietarios del edificio siniestrado ha sido por de más ajustada a derecho y desempeñada en forma absolutamente irreprochable”.

El abogado recordó que las tareas como administrador del consorcio comenzaron en 1997 y durante la gestión se realizaron “innumerables tareas de mantenimiento y mejoras del inmueble, habiendo guardado siempre el edificio un excelente estado de conservación externa e interna que se encuentran debidamente acreditadas”.

En el pedido que aún evalúa el fiscal Pablo Cistoldi, el abogado sostuvo que el derrumbamiento que ha provocado el desenlace fatal se debió exclusivamente a un grosero “error” en la construcción del edificio, absolutamente imperceptible para mi defendido. Ese planteo está basado en las pericias que señalaron la existencia de incongruencias entre el plano de obra aprobado y la obra construida, el experto ha detallado comparativamente las enormes e injustificables diferencias con las modificaciones no previstas en los cálculos.

Las diferencias se originaron a partir de la construcción de los parapetos de la azotea sobre las Líneas Municipales que ampliaron la superficie de azotea accesible y aumentaron la sobrecarga de contrapiso además construir maceteros que montan sobre los voladizos. También se construyeron pantallas de mampostería al filo de los voladizos que generaron una sobrecarga no contemplada en el cálculo estructural y ”mucho menos que sean cargas puntuales y sobre el borde libre”.

El reporte sostuvo que tampoco se contempló en el cálculo de estructura la carga agregada en los bordes de los balcones, el peso de los maceteros, cargados con granza, tierra y plantas, más el agua de lluvia sometía a los voladizos a pesos variables seco o mojado. “La consecuencia más previsible cuando se exige una estructura más allá de lo previsto es el colapso”, concluyó.

Si la fiscalía acompaña –como se prevé- el pedido de Bernat, la Justicia de Garantías dictará el sobreseimiento de Bianchi que clausuraría la causa en lo penal, a no ser que el particular damnificado solicite lo contrario a la Fiscalía General. 

En cuanto a la demanda Civil, el abogado que representa al particular damnificado ya inició las actuaciones de rigor y se convocó a una mediación con los propietarios que integran el consorcio del edifico, la empresa aseguradora y el propio administrador. En esa demanda no está incluída la Municipalidad de General Pueyrredón más allá de que en algún momento se habló del incumplimiento existente en cuanto al control de la obra finalizada y las incongruencias entre lo construido y el plano.