Condenan a autor de “cuento del tío” que forzó un par de cajas de la casa de la víctima

Llamó por teléfono a la víctima de 96 años y se presentó en la vivienda. El hecho ocurrió el mes de abril. Pena única de tres años tras un juicio abreviado.

28 de Octubre de 2020 19:30

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre que el pasado mes de abril le quitó dinero y alhajas a una mujer de 96 años tras hacerle el “cuento del tío” fue condenado a una pena única de tres años de prisión tras la validación de un acuerdo de juicio abreviado en el Tribunal Oral en lo Criminal 4. Lo singular del hecho es que el delito se logró tipificar como robo porque el ladrón se metió en la vivienda de la víctima y forzó unas cajas donde estaban guardados los ahorros.

En el marco de la investigación a cargo del fiscal Mariano Moyano se logró recuperar parte del botín cuando se allanó la vivienda de David Castillo, de 30 años. En el lugar hallaron 74 mil pesos y 400 dólares que fueron restituídos a la dueña.

Los hechos

La tarde del 22 de abril pasado David Castillo y otra persona se presentaron en la casa de la víctima a la que habían contactado previamente de manera telefónica simulando –uno de ellos- ser su sobrino nieto. A partir de las indicaciones que recibió, la mujer salió a la puerta de casa en inmediaciones de 20 de Septiembre y Colón con una bolsa en la que tenía tres cadenas, dos prendedores, cinco medallas, una pulsera, un anillo de platino con cinco brillantes, un par de aros y un reloj antiguo.

Según pudo precisar el fiscal durante la instrucción, David Castillo ingresó a la finca, fue hasta una de las habitaciones y tras forzar la puerta de un placard y dos cajas metálicas con un destornillador se apoderó de 70 mil pesos y 12 mil dólares.

Fiscal Mariano Moyano. (Foto: archivo 0223).

A partir de las actuaciones que la policía realizó tras un llamado al 911 se pudo establecer que la víctima nunca advirtió que había sido víctima de un delito y que el mismo quedó al descubierto cuando otros familiares de la mujer se acercaron al domicilio porque no les atendía el teléfono.

La prueba

La participación de Castillo quedó claramente acreditada a partir de la base pericial que el Juez Gustavo Fissore calificó como sólida. En primer término se consideró la pluralidad de rastros papilares levantados en la puerta del placard, en las cajas donde estaban los valores y en la caja de herramientas que había en el lugar.

Esos rastros fueron sometidos a cotejo por medio de la utilización del Sistema Automatizado de Identificación de Huellas Dactilares y Palmares (AFIS) y se estableció que pertenecían a Castillo.

Para el magistrado hay otros dos indicios que apuntalan la prueba pericial: el hallazgo en poder del imputado y en su vivienda de una cantidad de dinero compatible con lo sustraído y que el día del hecho Castillo fue observado cuando hablaba por teléfono a pocos metros de la vivienda de la víctima.

Juez Gustavo Fissore. (Foto: archivo 0223).

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 se descartaron cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y atenuantes, aunque se consideró como agravante la edad de la víctima  y la logística empleada durante el hecho que incluyó el uso de telefonía celular y la recolección de los datos de la damnificada.

En sintonía con el acuerdo presentado por las partes el magistrado condenó a David Castillo como coautor del delito de robo, a la pena de un año y cuatro meses de prisión, con más las costas del proceso penal. En virtud de una pena anterior de ejecución condicional –revocada en este decisorio- se le impuso una pena única de tres años de prisión que seguirá cumpliendo en el complejo penitenciario de Batán.