De manera unánime la Corte revocó el Hábeas Corpus que permitió una mayor liberación de presos

Dejó sin efecto el dictamen del 8 de abril pasado del juez Victor Violini del Tribunal de Casación. Dispone que un Juez analice cada caso en particular.

11 de Mayo de 2020 13:20

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires revocó el Hábeas Corpus colectivo que habilitó el otorgamiento de prisiones domiciliarias de presos que formaban parte de la población en riesgo por la pandemia de Coronavirus y ordenó que cada caso sea analizado de manera particular por el Juez competente.

El fallo fue firmado por los jueces Daniel Soria, Luis Genoud, Eduardo Pettigiani, Hilda Kogan, Eduardo de Lázzari y Sergio Torres luego de que la semana pasada suspendiera el fallo y diera traslado al procurador general, Julio Conte Grand, y al representante de la Defensa Pública, Mario Coriolano. A partir de esta decisión, la Defensa Pública –como adelantó- llevaría el caso a la Corte Suprema de Justicia.

En una resolución de 62 páginas la Corte sostuvo que “es atribución de los jueces competentes evaluar y discernir con arreglo al orden jurídico vigente la adopción de medidas alternativas o morigeradoras respecto de personas privadas de su libertad seriamente amenazadas por la situación pandémica".

Si bien se reconoció la disponibilidad de acciones judiciales de carácter plurindividual que tienen como objetivo remediar la situación de las personas privadas de su libertad y el estado de superpoblación de las Unidades, sostuvo que los reclamos principales de la demanda ante Casación no podían ser resueltos en forma colectiva.