Condenan a exdirector de la UP 15 por la muerte de un interno que se electrocutó

El hecho ocurrió en 2015. Lo condenaron a un año y medio de ejecución condicional y a seis de inhabilitación para ocupar cargos públicos.

El condenado asumió como director un año antes de la muerte del interno.

20 de Agosto de 2021 16:54

Por Redacción 0223

PARA 0223

El ex director de la Unidad Penal 15 de Batán que estaba en funciones en marzo de 2015 cuando un interno murió electrocutado al meterse por un pasaplato del pabellón 8, fue condenado a un año y medio de prisión de ejecución condicional tras el juicio que se desarrolló en el Juzgado Correccional 3. En la misma sentencia se le impuso a José Luis Rodríguez una inhabilitación de seis años para ocupar cargos públicos.

Para el mantenimiento de la condicionalidad en cumplimiento de la pena por el delito de homicidio culposo deberá cumplir varias reglas de conducta obligatorias por el espacio de dos años: Rodríguez deberá fijar domicilio dentro de la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires y someterse al contralor del Patronato de Liberados.

En la sentencia que se dictó este viernes, el magistrado dispuso comunicar la misma a la Jefatura del Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires y al Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires para que “se adopten en lo inmediato las medidas que se juzguen necesarias a fin de adecuarlas instalaciones eléctricas y de calefacción en la Unidad Penal 15, debiendo elaborarse al efecto un programa de las tareas a cumplir y sus tiempos, lo cual deberá ser informado a este Juzgado en breve plazo”.

Tras descartar cuestiones eximentes de la responsabilidad penal, el Juez Rodríguez valoró como atenuantes la ausencia de antecedentes penales, su buen concepto y la existencia de dificultadas políticas y presupuestarías que impedían el cumplimiento digno de las penas privativas de la libertad. En cuanto a los agravantes consideró –tal el pedido del fiscal Pablo Cistoldi- la cantidad de personas que se encontraban en riesgo de sufrir un hecho de las características como el juzgado.

Los hechos

La investigación a cargo de la fiscalía de Delitos Culposos comenzó el 10 de marzo de 2015 luego de que se constatara el deceso del interno Horacio Daniel Flores Di Terdicci tras recibir una descarga eléctrica. La víctima tomó contacto con el borde metálico del sector de pasaplatos de la celda 37 del pabellón 8 que ocupaba mientras cumplía una condena dispuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal 2 en el marco de una causa por homicidio.

En horas del mediodía mientras se realizaba un recuento de población vieron a Flores Di Terdicci deambulando por el sector conocido como “nave” sin autorización. Al ser sorprendido intentó introducirse a su celda a través del pasa-platos, pero quedó atascado y sufrió una descarga eléctrica, por lo que rápidamente se procedió al corte del suministro de electricidad y al retiro del interno para conducirlo al área de Sanidad.

El interno ingresó 12.05 y se iniciaron maniobras de resucitación cardio pulmonar y fue derivado con masaje y asistencia respiratoria al Hospital Interzonal General de Agudos (Higa) por falta de respuesta y a los fines de proseguir con un RCP avanzado, aunque falleció poco después.

Desde un comienzo la defensa del ex director a cargo de Lautaro Resúa sostuvo que la ineficiencia y la desidia estatal atribuídas a su defendido no eran correctas y que parecían valoradas dentro de un contexto social y político ajeno al que se registra en el Sistema Penitenciario Bonaerense.

El abogado había sostenido que la imputación realizada por el Ministerio Público Fiscal era errónea y no podía atribuírsele a su asistido el estado de la Unidad Penal 15 ya que había obrado con diligencia en el ejercicio de sus funciones. “Deberían encontrarse imputados, en su caso, las autoridades máximas del Servicio Penitenciario Bonaerense y de la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires”, dijo oportunamente.