El gobierno definió las caracterícias de la boleta única de papel: será de hasta 29 x 66 cm
El Ejecutivo reglamentó la ley que estableció la nueva modalidad para el sufragio a nivel nacional.
Por Redacción 0223
PARA 0223
El gobierno nacional reglamentó la Ley 27.781 que implementa la Boleta Única de Papel en las elecciones nacionales, a través del Decreto 1049/2024 del presidente Javier Milei en el que estableció las características del nuevo instrumento.
“La Boleta Única de Papel, al garantizar la presencia de toda la oferta electoral en un único instrumento provisto por la Autoridad Electoral, representa un avance significativo en términos de transparencia y fortalece la institucionalidad democrática de la República Argentina”, resaltó el Ejecutivo sobre el espíritu de la reforma que eliminó la boleta partidaria.
Entre sus principales características, la reglamentación establece que el tamaño de las boletas dependerá de la cantidad de listas y categorías en las que se vote. Es importante recordar que la elección nacional contempla hasta 5 categorías: presidente, diputados nacionales, senadores nacionales, parlamentarios del Mercosur distrito único y parlamentario del Mercosur por provincia.
Las boletas que contuvieran hasta diez listas, serán de 25,98 centímetros de ancho, subiendo a 46,3 cm cuando tengan más de 10 y hasta 20 listas, con un ancho máximo de 66,62 cm si la cantidad de listas supera las 20. En cuanto a la altura, será de 14,24 si hubiera una categoría, de 21,86 cm con dos categorías y de 29,48 cm en caso de haber tres o más categorías. La Boleta Única de Papel establece que por cada lista se detallará el nombre de los primeros 5 candidatos, mientras que los restantes serán expuestos en los accesos de los centros de votación.
Además, las boletas incluirán un “espacio destinado a la firma del Presidente de Mesa, la identificación del tipo y fecha de la elección” y estarán diseñadas de forma que “no podrá contener datos identificatorios que permitan individualizar las Boletas Únicas de Papel”.
El decreto habilita el inicio de procesos licitatorios para garantizar una implementación ordenada del nuevo sistema en las próximas elecciones generales. La vigencia de esta disposición comenzará al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
En el texto, se resalta que este cambio “constituye un cambio de paradigma en materia electoral” y que la reforma permitirá desarrollar “planes para garantizar una correcta implementación de las medidas instauradas”.
La nueva boleta
La iniciativa propone condensar toda la oferta electoral para cargos nacionales en una única planilla de papel, la cual se divide en filas horizontales para cada una de las categorías a cargos electivos, y columnas o franjas verticales para cada una de las agrupaciones políticas que compiten.
Por cada tramo y por cada alianza electoral habrá un casillero vacío. El elector deberá seleccionar solamente una opción por cada categoría: si marca dos o más casilleros el voto se considerará nulo.
En tanto, si no marca ningún casillero se considerará voto en blanco en esa categoría específica. No habrá un casillero específico para el voto en blanco, sino que se considera como tal a la falta de votación en dicha categoría. Si una agrupación política no presenta candidatos en alguna de las categorías se incluirá en ese espacio la inscripción "No presenta candidato".
Finalmente, la ley no permite que a la boleta se incorporen candidatos de categorías provinciales, por lo que el gobierno de Axel Kicillof evalúa alternativas para las próximas elecciones, que pueden ir desde hacer la elección en el mismo día con dos boletas y urnas distintas o incluso realizarlas en fechas distintas.
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