Recompensa por herencia vacante: el premio que casi nadie conoce y que generó un inédito fallo de la justicia marplatense
Un tribunal le reconoció a un vecino el derecho a cobrar un premio equivalente al 30% de una casa incorporada al patrimonio provincial. Se trata de una figura legal contemplada desde hace 58 años.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Un vecino marplatense cobrará el 30% del valor de una casa que la Provincia incorporó a su patrimonio como herencia vacante, gracias a una figura legal prácticamente desconocida y que recientemente generó un inédito fallo de la justicia local.
La figura es ni más ni menos que la recompensa por sucesión vacante, establecida en el Decreto Ley 7322, dictado en 1967 por el entonces interventor federal Francisco Imaz y aún vigente, el cual otorga un premio económico a cualquier persona que tenga conocimiento que el dueño de bienes muebles y/o inmuebles ubicados en el territorio bonaerense falleció sin dejar herederos, lo denuncie ante la Fiscalía de Estado y ello permita a la Provincia ingresar dichos bienes a su patrimonio fiscal. El premio reconocido es del 30% de los bienes, una vez descontadas las deudas y cargos de la sucesión.
La denuncia se puede realizar ante la sede central de la Fiscalía de Estado en La Plata, como así también en las 18 delegaciones ubicadas en distintos puntos del interior provincial, incluida la sede marplatense ubicada en San Martín 2583. Allí se debe completar un formulario con datos del denunciante como así también de la persona fallecida y los bienes en cuestión, posibilidad vedada a funcionarios o empleados del Estado que en razón de su oficio hubieran tomado conocimiento de la existencia de bienes vacantes.
Precisamente, este fue el trámite que un vecino marplatense hizo en 2013 para denunciar la muerte de un conocido que no tenía herederos y que era propietario de una vivienda en el barrio de Villa Lourdes, en las inmediaciones de la Vieja Usina. Esa situación generó que en 2018 el Juzgado Civil y Comercial N°7 declarara la herencia vacante, por lo que el inmueble pasó al patrimonio de la Fiscalía de Estado. El organismo un año después lo vendió en 50 mil dólares, pero nunca recompensó al denunciante.
Un largo periplo y un fallo favorable
Cuando en 2019 el vecino denunciante tomó conocimiento de la venta del inmueble comenzó su incesante marcha para hacerse del 30% que le correspondía por ley. Primero, asistió personalmente a la delegación marplatense de la Fiscalía de Estado, donde le respondieron que “tuviera paciencia”, según consta en el expediente judicial que la semana pasada concluyó con una sentencia a su favor.
Cuatro años después, cuando la paciencia ya se le agotaba, realizó una presentación formal ante la Fiscalía de Estado, intimando a que le depositen la recompensa, aunque nunca obtuvo una respuesta. Entendiendo que dicho silencio agotaba la vía administrativa, avanzó hacia el plano judicial y demandó a la Provincia ante el Juzgado Contencioso Administrativo N°1.
Los primeros pasos de las actuaciones a cargo del magistrado Simón Isacch también obtuvieron como respuesta el silencio del Estado, ya que la Provincia no contestó la demanda, por lo que fue declarada en rebeldía. Avanzada la causa, la Fiscalía de Estado sostuvo que la recompensa no había podido ser otorgada porque el expediente administrativo había quedado en poder del abogado de la parte compradora, el cual falleció y generó la imposibilidad de recuperar las actuaciones.
Finalmente, la semana pasada y en un contundente fallo, el juez Isacch dio por acreditado que el denunciante cumplió con todos los requisitos establecidos en el Decreto Ley 7322/67, como también la existencia de una declaración de sucesión vacante, la venta del inmueble en favor de la Provincia por 50 mil dólares y la demora en la liquidación de la recompensa.
Por ello, la sentencia hizo lugar a la demanda del vecino reconociendo su derecho al cobro de la recompensa por herencia vacante del 30% de los 50 mil dólares, una vez formulados los descuentos. La liquidación deberá realizarse en un plazo de 90 días desde que quede firme la sentencia, la cual ahora podrá ser apelada por la Provincia.
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